jueves, 16 de abril de 2009

Médicos ginecólogos dicen artículo 30 del Proyecto de Reforma Constitucional viola derechos


La Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología (SDOG) conjuntamente con la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (FLASOG) y la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), afirmaron ayer que así como está redactado el artículo 30 del Proyecto de Reforma Constitucional viola una serie de derechos que en principio pretende proteger, entre ellos, el derecho de las mujeres a la protección de su salud y a la maternidad sin riesgo.

“Reconocemos el valor moral del feto y su derecho a la vida, pero si el texto es tan restrictivo como se propone, habría que dejar morir a la mujer y a su embrión o feto cuando no hay otra manera de salvar a la mujer que interrumpiendo el embarazo”. Afirman que todas las personas tienen el derecho a la vida y que nadie debe ser privado de ella arbitrariamente. En este sentido reconocen que la vida de ninguna mujer debe ser puesta en riesgo o en peligro por razones de embarazo o parto.

El Proyecto de Reforma Constitucional, en la sub-sección 3 relativa a los Derechos Constitutivos de la Personalidad, establece en su artículo 30: “El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.

Ayer durante una rueda de prensa médicos representantes de la SDOG, la FLASOG y FIGO aseguraron que son precisamente los profesionales de la salud llamados a prestar atención a las mujeres, quienes verían comprometida su responsabilidad y estarían expuestos a persecución jurídica por “irrespetar la vida desde la concepción” cuando se vean en la disyuntiva de tener que elegir entre salvar la vida de una mujer o del embrión o feto que lleva en su vientre.

“Estamos seguros de que si finalmente ustedes aprueban este artículo, sin modificaciones, su impacto sería catastrófico sobre la mortalidad materna que todos y todas queremos reducir”.

En opinión de los especialistas, la práctica de la obstetricia en el país se vería seriamente afectada “y muchos profesionales deberán abandonarla o comenzar a hacer intervenciones en la clandestinidad que hoy se consideran rutinarias, como los casos del tratamiento del embarazo ectópico, de inducir un parto prematuro en casos de preeclampsia, cardiopatía severa, rotura prematura de membranas con producto inmaduro, cáncer, enfermedad sistémica por mencionar solo algunos casos”.

Afirman que ningún esposo o familiar perdonaría al médico que deje morir a madre e hijo por imposibilidad de interrumpir la gestación en cualquier edad gestacional como seria el caso si la Constitución es aprobada en esos términos.

“Los médicos estaríamos entre la obligación ética y moral de salvar la vida de la mujer y la obligación legal de no dejarla morir”.

“No estamos a favor del aborto”. En opinión de los médicos y médicas, nadie quiere un aborto. “No queremos que las mujeres tengan que llegar a tomar esa decisión extrema. El aborto es siempre un fracaso, un fracaso del sistema de educación, del sistema de salud, de las políticas de planificación familiar, del sistema de seguridad social, en resumen, un fracaso del Estado”.

En un documento entregados a los medios de comunicación, y que anteriormente se hizo llegar a un grupo de senadores de la República, los dirigentes de la SDOG, la FLASOG y FIGO expresan que en el contenido del texto presentado a discusión y análisis por el Dr. Leonel Fernández, Presidente Constitucional de la República, se consignan importantes conquistas relativas a la dignidad humana y a los derechos sexuales y reproductivos de las personas, a la igualdad de género y a la necesidad de que el estado garantice la participación de las mujeres en todos los escenarios, en igualdad de condiciones que los hombres. Estos derechos junto a los que protegen el medio ambiente, son considerados de última generación.

Artículo 30 viola derechos. Con la aprobación del artículo 30 tal y como está, los programas de planificación familiar podrían verse afectados también debido a que algunos métodos anticonceptivos podrían prestarse a interpretaciones y ser considerados ilegales.

Aseguran que en ese sentido, el artículo 30 es incongruente con el mismo principio que postula, en aquellos casos de estado grávido de alto riesgo incompatible con la vida misma. Debido a que condena a muerte a esa misma mujer que pretende salvar.

“Desde otro ángulo el análisis del texto de este articulo nos lleva a consideraciones relativas a las violaciones de otros derechos, entre ellos, los que todas las personas tienen a estar libres de la interpretación restrictiva de textos religiosos, creencias, filosofías y costumbres qué limiten su libertad de pensamiento en cuanto a la atención de su salud sexual y reproductiva. También el referido al hecho de que todas las mujeres tienen derecho al acceso a información, educación y servicios adecuados para la protección de su salud reproductiva y su maternidad segura”.

En este mismo orden –agrega el documento dado a conocer por los médicos- toda la población en edad reproductiva, tiene derecho también, al acceso métodos anticonceptivos seguros, efectivos y aceptables para la regulación de su fertilidad, así como a la libertad de elegir usarlos para evitar embarazos no planificados que suelen conducir, en la mayoría de la veces, a abortos realizados en condiciones de alto riesgo para la salud de la mujer y que pueden, en casos extremos, llevar incluso a su muerte.

“Este articulo constitucional viola, además, derechos humanos consagrados en acuerdos, convenios y tratados internacionales aceptados universalmente y es incongruente con el contexto jurídico de la reforma, en la parte correspondiente a las Relaciones Internacionales y el Derecho Internacional que consigna que “Las normas vigentes de convenios internacionales regularmente ratificados regirán en el ámbito interno una vez que se hayan publicado oficialmente.”

Propuestas a los y las legisladores y legisladoras. La Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología (SDOG) conjuntamente con la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (FLASOG) y la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), proponen a los congresistas tres opciones de la cual podrán elegir una para integrarla al nuevo texto constitucional:

1. Que se mantenga el texto tal como está aprobado en la Constitución vigente, proclamada el 25 de julio del 2002 en la Sección I, artículo 8-1.

2. O que se elimine en la propuesta de modificación de la Constitución la frase “desde el momento de la concepción”.

3. O que se redacte agregándole las palabras “en general” de manera tal que quede implícito que es una afirmación valida para la mayoría de las circunstancias, pero que existen “en particular” algunas otras en que habrá que decidir entre la vida de un embrión o feto y la vida de una mujer.

De manera que la redacción final dirá “El derecho a la vida es inviolable, en general, desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.

El documento está firmado por el presidente de la Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología (SDOG), doctor, Milcíades Albert Fiorinelli; por el doctor Alejandro Paradas Caba, actual secretario general de la Federación Latinoamericana de Obstetricia y Ginecología y pasado presidente de la SDOG; por el director General Materno Infantil y Adolescentes de la SESPAS y pasado presidente de la SDOG, doctor Héctor Eusebio y el sud director General Materno Infantil y Adolescentes de la SESPAS, doctor José De Lancer Despradel.

También los doctores Donatilo Santos Rosario, Coordinador Nacional de la Salud de la Mujer de la SESPAS y el doctor José Mordan, Coordinador Nacional de Planificación Familiar de la SESPAS.

Firman el documento los pasados presidentes de la Sociedad Dominicana de Ginecología y Obstetricia, doctores, Aldrian Almonte; Angel Terrero, quien además representa fue presidente de la Federación Latino-Americana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología, Bernardo Fernández Diloné; Francisco Alvarez Sánchez; Milton Cordero, José Figueroa Méndez, Bélgica Beato, Olga Lluberes, Luís Rojas Grullón y Eduvirgilio Santana.


Lo rubrican, además, los miembros de la SDOG, doctores Francisco Hidalgo Abud y Cristian Francisco y las licenciadas Magaly Caram de Álvarez y Gianna Sangiovanni en representación de Profamilia y de la Iniciativa FIGO Prevención Aborto Inseguro.

3 comentarios:

  1. Masones piden Asamblea actúe libremente

    La masonería dominicana pidió a los asambleístas que tomen sus decisiones libremente, sin dejarse influenciar por lineamientos partidaristas o ideológicos. Las declaraciones fueron realizadas el día de hoy, sábado, por el Gran Maestro de la Gran Logia de la República Dominicana, Dr. René Miguel Báez Robiou.

    Sorprende censura partidarista
    El Gran Maestro afirmó que resulta preocupante notar que una gran parte de los asambleístas están anteponiendo los intereses de su partido por encima de los intereses de la nación.
    Dijo que esto se hizo evidente cuando el pasado jueves, en un acto desafortunado, el vocero de la bancada de uno de los partidos desautorizó públicamente a todos los asambleístas de su bancada a hacer uso de la palabra en el debate en cuestión, como si se tratara de personas sin criterio propio e incapaces de un juicio sano y provechoso para las mayorías nacionales.
    Dijo que nuestros legisladores fueron elegidos para representar a todos los dominicanos—no a un partido en particular—y para poder ostentar dignamente dicha representación, deberán constituirse en la expresión viva de la conciencia colectiva nacional.
    Por ello, exhortó a los asambleístas a que emitan sus votos libremente, basados en la íntima convicción de su conciencia, sin dejarse trazar pautas ni permitir que se le bajen líneas desde las altas esferas de las organizaciones políticas a las cuales pertenecen.

    Del estado laico
    Los masones reiteraron su convicción de que la Constitución de la República debe establecer explícitamente el laicismo como un medio de garantizar la plena libertad de conciencia de todos los ciudadanos.
    También afirmó que los asambleístas deberán tomar mucho cuidado en no otorgar a los tratados internacionales preeminencia por encima de la Constitución, la cual es, y deberá ser para siempre, la ley suprema de la nación, por encima de todo otro texto jurídico de carácter público que afecte a la nación dominicana y sus ciudadanos.

    Del artículo 30 propuesto
    La propuesta del Poder Ejecutivo que declara inviolable el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte pretende implantar con carácter constitucional la penalización del aborto basado en el fundamentalismo religioso.
    Según Báez, esta propuesta no brinda una solución digna al embarazo no deseado que fuere ocasionado por situaciones extremas tales como cuando la madre ha sido victima de violación o incluso de incesto, o cuando el desarrollo del embrión o el feto pone en riesgo la vida de la madre.
    Dijo que tampoco brinda una salida humanitaria al feto que se haya comprobado que no podrá desarrollarse en un ser humano con las mínimas posibilidades de dignidad social.

    Del artículo 44 propuesto
    La definición de familia hecha en la propuesta del Poder Ejecutivo, la cual se limita a la llamada “familia nuclear”, no representa la situación de vida de la mayoría nacional debido a que el 54% de las familias dominicanas son monoparentales.
    El Gran Maestro afirmó que el otorgamiento de derechos especiales que se hace en este articulado a la familia al calificarla como fundamento de la sociedad resulta, pues, excluyente y discriminatorio contra todos los ciudadanos dominicanos que no viven—por la razón que fuere—dentro del contexto de una familia nuclear según la define el propio artículo.
    La Constitución de la República, en su calidad de ley sustantiva, debe garantizar la igualdad de todos los ciudadanos dominicanos, sin el otorgamiento de privilegios a algunos en detrimento de los intereses de los demás, según el criterio de los masones. (FIN)

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  2. Como resolveran un embarazo ectopico, sino es posible interrumpir el desarrollo de ese ovulo fecundado ? Deberan esperar hasta que la trompa reviente y muera el ovulo fecundado, corriendo el riesgo de que la madre muera ...?

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  3. hola buenos dias mi pregunta es la siguiente estoy muy preocupada llevo 6 meses intentando embarazarme y no he quedado en estado. hace 7 años me operaron de apendicitis y peritoitis me cortaron 25cm de intertino mi ginecologo me dice que todo esta muy bien dentro de mi que si puedo embarazarme el solo me ha hecho ultrasonidos, por favor alguien digame tendra que ver lo de mi operacion con que aun no he podido embarazarme? lo deseo con muchas ganad de corazon ayudeme alguien porfavor Gracias

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