miércoles, 22 de abril de 2009

Carta INSALUD al Congreso

20 de abril, 2009

Sr. Reynaldo Pared Pérez Presidente de la Asamblea Revisora de la Constitución Dominicana

Sr. Julio Cesar Valentín Jiminian Vicepresidente de la Asamblea Revisora de la Constitución Dominicana

Estimados Sres. Legisladores:

La Comunidad Internacional se siente preocupada por las consecuencias que podría tener para el disfrute de los derechos humanos de las mujeres dominicanas la aprobación del artículo 30 del texto de Reforma Constitucional presentado por el Poder Ejecutivo.

De aprobarse dicho articulo, estableciendo que el "derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte":

- Se violarían derechos humanos fundamentales de las mujeres y acuerdos y compromisos internacionales de los cuales la Republica Dominicana es signataria o compromisaria, como por ejemplo, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres.

- La interpretación de dicho texto, podría conllevar a la penalización o trabas para el uso de algunos métodos anticonceptivos, como el dispositivo intrauterino DIU o la anticoncepción de emergencia.

- Podría incrementar los embarazos no deseados y consecuentemente, los abortos en condiciones de clandestinidad y altos riesgos para la salud y la vida de las mujeres, sobre todo, para las de escasos recursos económicos.

- Constitucionalmente, se establecerá la obligación de dejar morir a una mujer en caso de un embarazo ectópico; tampoco se podrá inducir un parto prematuro en casos de preeclampsia, cardiopatía severa, rotura prematura de membranas con producto inmaduro, cancer y enfermedades sistémicas que hagan incompatible la vida de la madre con la continuación del embarazo.

- El personal de salud, el cual tiene la responsabilidad ética y moral de salvar vidas, estaría expuesto a sanciones legales y jurídicos, y por demás, constitucional, si no respetan "la vida desde la concepción" cuando se vean en la disyuntiva de tener que elegir entre salvar la vida de una mujer, o del embrión, o feto que lleva en su vientre.

- Igualmente, impediría que en el futuro pueda ser despenalizado el aborto cuando corra peligro la vida de la madre, o en caso de violación. En el 98% de los países del mundo el aborto esta despenalizado por algunas de estas circunstancias.

Por las razones anteriores, nos atrevemos a exhortarles que tomen en consideración los aspectos antes señalados y en cada una de las decisiones sobre la reforma constitucional se garanticen todos los derechos humanos de las mujeres.

Atentamente,

Por la Dirección y Junta Directiva del Instituto Nacional de la Salud-INSALUD

Dra. Giselle Scanlon-Directora EjecutivaDr. Victor Manuel Tejada del Instituto Dominicano de Cardiología, Presidente Lic. Leopoldo Díaz de Hogar Crea Dominicano, Vice PresidenteDra. Emma Rodríguez V. de la Fundación Dominicana de Dermatología, SecretariaMargot Tapia del Centro de Apoyo Aquelarre, TesoreraCristina Sánchez de la Asociación Tú Mujer, VocalDra. Demetria Rosario de la Asociación Dominicana de Rehabilitación, Vocal Ingrid Bretón de la Fundación Grupo Paloma, Vocal

CC: Marina Hilario-Directora Centro de Representación de la Cámara de Diputados

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