miércoles, 29 de abril de 2009

El giro ultraconservador

Por Cristóbal Rodríguez

28 de abril 2009

La prolija relación de derechos y garantías fundamentales que hacen parte de su contenido, se convirtió en el buque insignia de la propuesta de Reforma Constitucional. Pormenorizado detalle normativo de la noción de progreso sobre la que se ha anclado el discurso del Presidente Fernández, el extenso catálogo de derechos se presentaba como el signo más evidente de la “revolución democrática” que animó en su origen la iniciativa de Reforma. Efectivamente, un Título casi completo de la propuesta (el II) que en lo relativo a los derechos está estructurado, desde el punto de vista de la técnica legislativa, en 34 artículos, 103 extensos numerales y 3 literales cada uno de los cuales podría ser considerado como un artículo en sí mismo, contribuyeron a crear tal espejismo.

Estudiado en su contenido y alcance el Título de marras, dos reparos de relevancia normativa y política cabe formular. El primero es el siguiente: ¿Por qué el país debe considerar como signo de una “revolución democrática” la consagración normativa de un conjunto de derechos cuando el liderazgo político que impulsa su “constitucionalización” no ha sido capaz, en casi una década de gobierno, de traducir su contenido normativo en políticas públicas efectivas, pese a que esos derechos hace décadas que forman parte del sistema constitucional dominicano por vía de los pactos internacionales de derechos de los como país somos signatario? ¿Qué ha impedido que derechos sociales fundamentales como la salud, la educación, la seguridad social, la vivienda, el trabajo digno, hagan parte prioritaria de la agenda gubernamental, dotando así de vigencia efectiva a las normas constitucionales y convencionales que los consagran? ¿Qué hacemos con una ley general de educación sin una política nacional que nos saque de una vez por todas del último lugar en el que regularmente nos ubican los estudios comparados de prestigiosos organismos internacionales en casi todos los renglones relevantes sobre la materia?

Una “revolución democrática” no sucede en el frío ámbito de las disposiciones normativas, sino en el de los compromisos políticos efectivos por una agenda nacional de desarrollo en cuyo centro se encuentre la satisfacción de las necesidades básicas de las mayorías.

La proliferación de normas jurídicas ineficaces contribuye a socavar peligrosamente el sistema de derecho en su conjunto, pues la sociedad tiende a perder la confianza, el respeto y la fe en un liderazgo político que propicia la existencia de un orden normativo compuesto de disposiciones jurídicas vacías de todo contenido material y real. Debemos evitar caer en la tentación del “populismo constitucional”, esa peligrosa tendencia que se mueve entre la irresponsabilidad y la demagogia, y que consiste en crear la ilusión de que cambiando la Constitución en su letra se transforma la realidad en sus complejas formas de expresión.

El segundo reparo se podría expresar del modo siguiente: incluso en el Título relativo a los derechos y garantías fundamentales, la propuesta de Reforma Constitucional del Poder Ejecutivo pone en evidencia un giro ultraconservador por medio del cual se pretende dotar de categoría constitucional a una parte importante las concepciones y prácticas más autoritarias de nuestra cultura política. Basten unos cuantos ejemplos.

Según el artículo 39 del Proyecto, las reuniones en los lugares públicos estarán regidas por la ley. Es difícil entender, fuera de los límites de un Estado totalitario, una disposición constitucional de esta naturaleza. Como he expresado de manera enfática en otras ocasiones, soy un firme defensor de la tesis de que el legislador está facultado para limitar y regular el ejercicio de los derechos constitucionalmente consagrados. En tal sentido, le corresponde delimitar el contenido y alcance del derecho a la libertad de reunión. Lo que no es entendible es que se pretenda que las “reuniones públicas” estén regidas por Ley.

No es ocioso preguntarse ¿a qué tipo de reuniones se quiere hacer referencia? ¿A la reunión familiar de una mañana de domingo en un parque público? ¿Cómo controlar, por ejemplo, al Secretario de Interior y Policía, una vez dispuesto a exigir el respaldo legislativo de cualquier “reunión pública”? El principio general de libertad, que en toda la tradición jurídica occidental opera desde una lógica exactamente inversa (todo lo que la ley no prohíbe expresamente, lo permite) es aquí desnaturalizado y, en materia de derecho de reunión, sólo lo que la ley autoriza estaría permitido. Es tan vaga e imprecisa esta cuestión, y conllevaría un nivel tan desmesurado de intensidad en la potestad de limitación de este derecho por parte de la autoridad, que nos limitaremos a sugerir que la misma sea sencillamente derogada del Proyecto en razón de que su consagración constitucional implicaría un nivel de intensidad en el control y las limitaciones del derecho de reunión que podría amenazar la efectividad de su ejercicio.

Otro ejemplo. En el artículo 50 se reconoce el derecho a la salud de todas las personas como parte del derecho a la vida. Si bien hay escenarios en los que existe una relación estrecha entre derecho a la salud y derecho la vida, no menos cierto es que el primero es un derecho de configuración autónoma cuyo reconocimiento constitucional no debe estar supeditado a su vínculo con el segundo. Tal y como está planteado el tema en el texto, podría suponerse que cuando la vida no esté en riesgo, merma la fuerza normativa y la exigibilidad del derecho a la salud. ¿O es que acaso este texto es complementario del artículo 30, de manera tal que, entre los riesgos de salud de la madre y la preservación vida del fecho no quede duda de la opción a seguir?

La jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia, que en un 70% es relativa a la tutela de los derechos sociales fundamentales, ha sido categórica en considerar que: “…puede sostenerse que tiene naturaleza de derecho fundamental, de manera autónoma, el derecho a recibir la atención de salud, definidas en el Plan Básico de Salud, el Plan Obligatorio de Salud y el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado, con respecto de los elementos derivados de las obligaciones básicas definidas en la Observación General No 14, del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas. De conformidad con el cual el derecho a la salud se estima fundamental, comprende el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud que le permita vivir dignamente y la efectividad del derecho se sujeta a la realización de procedimientos.”

Consideramos que la expresión “como parte del derecho a la vida” debe ser eliminada del Proyecto del artículo 50. De esta manera se reconocería el carácter independiente y autónomo del derecho a la salud, y se evitarían confusiones innecesarias como la apuntada en el párrafo anterior a la cita.

El giro ultraconservador da un paso más en materia de derecho a la educación. La parte capital del artículo 52 del proyecto dispone que “Los dominicanos y los extranjeros residentes legales en el país tienen derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones” (énfasis crg).

Una de las características de los derechos fundamentales es su universalidad. En consonancia con ello, la parte capital del artículo 8 de la Constitución vigente en nuestro país dispone que la finalidad principal del Estado es garantizar los derechos de “la persona humana”. Salvo el ejercicio de ciertos derechos políticos, que requieren el estatus de ciudadano o el de nacional dominicano (derecho a elegir y a ser elegido), el catálogo de derechos se concibe en reconocimiento del sustrato de dignidad propio de toda persona por el sólo hecho de serlo, con independencia de sus procedencia, condición social, credo religioso, etc.

Pretender que el derecho a la educación es un derecho exclusivo de los dominicanos y de los extranjeros que residan legalmente en el país equivale a establecer un supuesto de discriminación en contra de aquellos que no son residentes legales que entra en contradicción con la expresa prohibición de todo trato discriminatorio que la misma propuesta establece en otra parte de su articulado. Es colocar el trámite administrativo de la residencia legal como condición para el disfrute de un derecho sustantivo al que toda persona debe tener acceso. Se asemeja a la práctica inaceptable que por mucho tiempo se ha llevado a cabo en el país de impedir el acceso a la escuela si no se tiene acta de nacimiento.

Por su parte el numeral 2 del artículo 44 de la propuesta dispone que: “La unión estable entre un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, genera derechos y una comunidad de bienes, de conformidad con la ley. Nótese que no he querido referirme a la definición del matrimonio, contenido en el numeral 1 del mismo artículo, sino al escándalo que supone que incluso las uniones de hecho, para generar derechos tienen que ser estables y entre un hombre y una mujer. ¿Cuáles son los conceptos de igualdad, de dignidad y libertad con que opera una propuesta de esta naturaleza? A esto hay que sumar el texto del artículo 30, a cuyo carácter vertiginosamente conservador ya me he referido en las dos últimas entregas de Patriotismo Constitucional.

Cuando a estas propuestas, contenidas justo en el título de los derechos fundamentales, y tan contradictorias con la idea misma de Estado democrático de derecho, se le suman el concepto constitucional de Presidente de la República con que opera el Proyecto de Reforma (artículo 102), el criterio adoptado en materia de reelección presidencial (artículo 104), la considerable disminución de las facultades de control político del Congreso Nacional y la consiguiente preponderancia del Ejecutivo, el predominio casi absoluto del Ejecutivo en la confección y ejecución del Presupuesto General de la Nación (artículos 215 al 223), los conceptos decimonónicos de nación y nacionalidad contenidos en la propuesta, y paro de contar, es necesario concluir que estamos siendo testigos un giro ultraconservador cuyos fundamentos constitucionales, de ser aprobados, tendrán repercusiones de largo plazo en el debate político nacional.

¿Se colocarán nuestros asambleístas a la altura de evitar este giro ultraconservador? La advertencia está hecha. Esperemos, pacientes, los resultados.

Martirio sexual para las mujeres

Por: Rosario Espinal

23 de abril 2009

Mientras el mundo avanza hacia la expansión de derechos ciudadanos, en algunos países, como en Afganistán y República Dominicana se hacen intentos por detener el proceso de ampliación de los derechos de las mujeres.El objetivo principal es mantener las mujeres en un estado de subordinación con respecto a la sexualidad masculina. Además, se hace evidente que las motivaciones que llevan a retrocesos en las legislaciones se fundamentan en cálculos pragmáticos de los políticos.

En Afganistán, el parlamento aprobó una Ley de Familia, firmada por el presidente Hamid Karzai, que establece, entre otras cosas, que toda mujer está obligada a satisfacer los deseos sexuales de su marido, y se otorga a los clérigos musulmanes autoridad para regular las relaciones íntimas de parejas.

Con esta ley, el gobierno busca congraciarse con la minoría chií afgana, pues Karzai se presenta a elecciones el próximo año. Las disposiciones han generado protestas de algunas mujeres afganas, quienes, bajo terror, se han lanzado a las calles en demanda de uncambio en la ley.

En sus manifestaciones han sido abusadas e insultadas, e incluso muchos hombres las han tildado de prostitutas. El gobierno de Karzai enfrenta ahora una disyuntiva. Por congraciarse con los fundamentalistas islámicos ha entrado en conflicto con sus principales socios occidentales que demandan la protección de derechos de libertad para las mujeres.

Con el argumento de que la ley aún no ha sido promulgada, el gobierno de Karzai ha anunciado que la revisará. Queda ahora por ver si se impondrá el interés de los políticos afganos de ganarse el voto de chiítas fundamentalistas bajo la influencia de los clérigos (cerca del 15% de la población), o si prevalecerá la defensa de los derechos democráticos de las mujeres afganas en general.

En República Dominicana, el presidente Leonel Fernández sometió al Congreso una reforma constitucional que contiene un artículo que busca imposibilitar constitucionalmente que en el país se pueda permitir, legalmente, cualquier tipo de aborto.Según el Artículo 30, “el derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte”.

Por lo tanto, después que una mujer concibe no podría interrumpir el embarazo bajo ninguna circunstancia, aún si la concepción ha sido provocada por violación sexual, o podría provocar la muerte de la madre.

La Iglesia Católica ha hecho de este artículo su bandera principal en la reforma constitucional y mantiene a la clase política dominicana entre la espada y la pared: aprueban el Artículo 30 o pagan las consecuencias políticas.

Como ningún partido o candidato quiere tener conflictos con la Iglesia, casi todos los legisladores expresaron su apoyo al Artículo 30, a pesar de ser altamente punitivo para las mujeres.

El PRSC y el PRD decidieron sacar ventaja política de la controversia y declararon apoyo unánime e irrestricto al referido artículo, con el objetivo de congraciarse con la jerarquía católica, y además, intentar quebrar el fuerte apoyo que el Cardenal le ha brindado al gobierno de Leonel Fernández desde 2004 hasta la fecha.

El debate público de la Asamblea Revisora en los últimos días demostró claramente la insensibilidad de un amplio sector de la clase política dominicana hacia las mujeres.
Por obtener ganancias electorales con un sector religioso, muchos legisladores se han declarado devotos de embriones y fetos, y han apoyado una disposición constitucional que producirá un martirio sexual para las mujeres, porque las hará constitucionalmente esclavas de todos los embarazos, incluyendo aquellos producto de la violenciasexual masculina.

Estado y religión (A Eduardo Jorge Prats)


Por Rosario Espinal

28 de abril 2009

No es momento para titubeos y ambigüedades jurídico-filosóficas. En riesgo están la vida y los derechos de las mujeres dominicanas, independientemente de su religión, estatus social o marital.

En su artículo del viernes 24 de abril en el periódico Hoy, el jurista Eduardo Jorge Prats se posicionó discursivamente por encima del conflicto político que ha generado el Artículo 30 de la reforma constitucional.

Escribió sobre la relación entre Estado y religión, y argumentó que el Estado democrático debe mantener distancia tanto del fundamentalismo religioso como del secular que aliena a los religiosos.

Más allá, no encontré argumentos para reflexionar sobre el conflicto suscitado en torno al controversial artículo, y debo confesar mi decepción, porque esperaba la típica lucidez y toma de postura de quien considero uno de los juristas más brillantes de las nuevas generaciones.

Comparto con Jorge Prats el planteamiento de que existen distintos tipos de fundamentalismos, y que la relación entre Estado y religión ha sido históricamente compleja. De hecho, ninguno ha existido sin el otro desde que surgieron los primeros estados.

Precisamente por esa incestuosa relación, ha sido necesario afirmar el secularismo, de manera que el Estado democrático pudiera nacer y desarrollarse, aún a sabiendas de que toda democracia debe convivir con las religiones y nutrirse de ellas.

Por eso la democracia ha sido el sistema político más compatible con la libertad de creencias religiosas en las sociedades modernas.

Comparto también con Jorge Prats que mucha de la normativa social, incluso en las sociedades más secularizadas, proviene de las religiones, porque a pesar de sus fundamentalismos, las religiones tienen como eje central en sus doctrinas la búsqueda del bien en medio de los dilemas y sufrimientos existenciales.

Aunque no olvidemos que los valores sociales también puede provenir de perspectivas humanistas sin fundamento religioso.

La sabiduría de los legisladores en su rol de garantes del Estado democrático proviene de su capacidad de entender que la construcción de derechos democráticos deriva de la universalidad, aún exista la heterogeneidad normativa que caracteriza cualquier sociedad moderna.

Cuando a los legisladores se les pide que no incluyan en el Artículo 30 sobre la inviolabilidad de la vida “desde la concepción”, no se argumenta a favor del fundamentalismo secular por simple antagonismo a lo religioso.

Se hace porque hay ciertas circunstancias cuando después de la concepción debe permitirse legalmente la interrupción del embarazo.

Si la Constitución cierra esa posibilidad por presión de un grupo religioso, se impone entonces el fundamentalismo religioso sobre el legislador, a quien la ciudadanía le ha conferido un derecho de representación plural y democrática.

En el mundo contemporáneo, las condiciones específicas en que se permite interrumpir un embarazo varían en función del nivel educativo de la población y la ideología política dominante.

En países de mayor desarrollo económico y educativo, donde el Estado tiene una importante autonomía de las religiones, la interrupción se permite generalmente en el primer trimestre, independientemente de la causa. Así sucede en muchos países europeos, Estados Unidos y Canadá, donde hay una fuerte tradición cristiana.

En la mayoría de los países latinoamericanos, donde el Estado democrático no ha logrado una autonomía significativa de la religión, la interrupción se permite legalmente en condiciones más restringidas, como los casos de violación sexual y riesgos de vida para la madre.

Pedir que se elimine “desde la concepción” en la reforma constitucional dominicana no es una expresión de fundamentalismo secular, porque a nadie se estaría obligando constitucionalmente a interrumpir un embarazo.

Por el contrario, si la Constitución establece la vida “desde la concepción”, se estaría obligando a todas las mujeres a llevar a término todos los embarazos, independientemente de las circunstancias.

El conflicto político actual en torno al Artículo 30 no es entre el fundamentalismo religioso y el secular, sino entre el fundamentalismo religioso y la construcción de derechos democráticos.

El martes pasado...


Por Víctor Víctor

Sábado 25 de abril, 2009


El martes pasado, los miembros de la Asamblea Reviso-Inquisidora que aprueba laconstitución presidencial, se ganaron el cielo porque gran parte de la curia y sus jefes, los escuderos del opus dei, sonrientes diáconos, monjas y feligreses creyentes en la iglesia de Roma, además de la muchedumbre discriminada en variadas agrupaciones de las llamadas cristianas, doblaron el brazo a esos asambleistas y le impusieron el mandato del mal llamado ‘derecho a la vida’: un reconocimiento a la autoridad que ejerce sobre ellos la ultraderechista burocracia político-religiosa, que reparte solares en el cielo y que de seguro enviará al infierno (la cuchilla) a los 32 que no corroboraron el ‘santo envío’ del presidente.

Fue una maniobra pragmático-religiosa, válida para salvarse de las llamas del infierno, a pesar de toda la mala fama que tienen los legisladores con sus mágicos barrilitos y saluditos al ‘hombre del maletín’.

Arderán en el fuego eterno Minou y sus amigas y amigos, junto a todos los que estábamos contra tal eufemismo que predica salvar las vidas de los niños, aunque fueran concebidos por violadores, sádicos ladrones y otras delicias de la sociopatía nacional.

No importa que mueran millares de madres, las que ahora tendrán que pecar religiosamente o constitucionalmente, cada vez que elijan un aborto por dolencia o vergüenza.

La fe ciega por ganar el cielo logró una nueva división en la sociedad, pierde respeto la constitución, la gracia de Dios se aleja de muchos, los santos apóstoles perderán seguidores y menos mujeres irán a la procesión del viernes santo.

Que cosa, desde el martes recién pasado, el servicio de abortos clandestinos aumentó de precio por riesgoso. Y se creó uno nuevo, para casos muy especiales…

Declaración Pública de Amnistía Internacional


24 de abril de 2009
República Dominicana: Las reformas constitucionales y penales deben ampliar los derechos de las mujeres, no limitarlos
Las reformas constitucionales y legales actualmente en marcha en la República Dominicana podrían dar lugar a violaciones de los derechos humanos de las mujeres, ha advertido hoy, 24 de abril, Amnistía Internacional. Las medidas podrían utilizarse para justificar la penalización del aborto en todas las circunstancias, incluso cuando peligra la vida o la salud de la madre o cuando el embarazo es consecuencia de una violación.
El Congreso está estudiando una nueva disposición constitucional que incluye una referencia a la inviolabilidad del derecho a la vida “desde la concepción hasta la muerte”. En general se considera que esta enmienda constitucional se ha introducido para impulsar los esfuerzos para penalizar y prohibir el aborto en todos los casos. El Congreso de la República Dominicana también está estudiando una enmienda del Código Penal que aumentaría las penas para quienes participen en la realización de abortos y dispondría explícitamente el encarcelamiento de las mujeres que, embarazadas como consecuencia de una violación, una relación incestuosa o una fertilización asistida involuntaria, hayan buscado o causado la terminación de su embarazo.
El derecho internacional de los derechos humanos y la actual Constitución dominicana ya protegen la vida prenatal. Amnistía Internacional pide a la República Dominicana que haga efectiva esta obligación de una forma que sea compatible con los derechos de las mujeres, incluidos sus derechos a la vida y a la salud. Por ejemplo, aplicando medidas para evitar los abortos y los partos en los que el niño nace muerto, proporcionando cuidados prenatales, obstétricos de urgencia y postnatales, y facilitando atención especializada en el nacimiento. El embarazo no puede utilizarse como motivo para suspender los derechos humanos de las mujeres afectadas. La protección del feto no invalida las reivindicaciones de las mujeres respecto a sus derechos humanos.
A fin de cumplir con sus obligaciones en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, Amnistía Internacional pide a las autoridades de la República Dominicana que reformen el Código Penal de manera que se garantice que las mujeres y las niñas no son sometidas a sanciones penales por tratar de abortar o abortar en ninguna circunstancia. En concreto, Amnistía Internacional pide al Congreso dominicano que elimine el artículo 239 propuesto, que dispone sanciones penales para las víctimas de violación, incesto y fertilización involuntaria que aborten. La reforma debe asimismo garantizar que los médicos no son penalizados únicamente por proporcionar servicios seguros de interrupción del embarazo. El gobierno dominicano debe tomar todas las medidas necesarias para asegurarse de que existen servicios de interrupción del embarazo seguros, legales y sin restricciones irrazonables, accesibles para todas las niñas y mujeres que los necesitan en casos de embarazo tras violación o incesto y en circunstancias en las que continuar con el embarazo pondría en peligro su salud o su vida.
Información complementaria
La actual legislación (Código Penal) tipifica como delito el aborto. En agosto de 2006, el ejecutivo decidió elaborar un nuevo Código Penal y encargó al Congreso la tarea de revisar y enmendar las “incongruencias” del texto. Un año después, se formó una comisión bicameral para evaluar las revisiones del Código Penal y en julio y agosto de 2007 se celebraron sesiones públicas en las que se debatió la despenalización del aborto. El proceso de revisión sigue en marcha.
El artículo 8 de la Constitución actualmente vigente sólo menciona la “inviolabilidad de la vida”. La actual propuesta de reforma constitucional fue presentada al Congreso por el presidente de la República Dominicana, Leonel Fernández, en octubre de 2008, y actualmente está siendo sometida a revisión parlamentaria por la Asamblea Revisora de la Constitución. La Asamblea vota artículo por artículo en primera lectura del texto, que se someterá después a una segunda lectura en la que se votarán posibles cambios.
El artículo 30 del proyecto de reforma constitucional ha causado preocupación entre las organizaciones de mujeres, la profesión médica y otras organizaciones de la sociedad civil. En concreto, la Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología ha afirmado que el impacto de este artículo, de aprobarse, “sería catastrófico sobre la mortalidad materna”, a consecuencia de las restricciones que su interpretación impondría al sector médico.
El artículo 4.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos utiliza un lenguaje similar el de la enmienda constitucional propuesta, y dispone que “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”. Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los Estados Partes en dicha Convención cuya legislación permita el aborto y que faciliten el acceso a él en la práctica no violan con ello la Convención. El presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que: “[…] en ciertos casos, como el de un embarazo que ponga en peligro la vida o la salud de la madre, o que sea resultado de una violación, la penalización del aborto implica una violación de la obligación del Estado de proteger la vida de la madre”.
Amnistía Internacional lamenta observar que la reforma propuesta del artículo 30 no sigue el enfoque de afirmación de los derechos humanos adoptado por la Corte Constitucional de Colombia en su fallo de 2006, que invalidaba la prohibición total del aborto, un planteamiento que distingue entre el derecho de la mujer y el deber del Estado de proteger la vida prenatal tal como dispone el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho constitucional.
/FIN

martes, 28 de abril de 2009

PROTESTA CONTRA EL RETROCESO CONSTITUCIONAL



NOTA DE PRENSA

Organizaciones de mujeres, de jóvenes, sindicatos, instituciones académicas, asociaciones profesionales, barriales y coaliciones que agrupan decenas de otras instancias, decidieron conformar el pasado 24 de abril un espacio de acción conjunta para enfrentar lo que llamaron “un proceso de reforma constitucional que a todas luces se vislumbra como un retroceso y un alejamiento de la Constitución a la que aspiran las grandes mayorías del país”.
En rueda de prensa celebrada en el Colegio Dominicano de Periodistas, leyeron un Comunicado en el que expresan su rechazo al artículo 30, así como a los cambios hechos al artículo 35 o la pretensión de considerar familia solo aquella que surge del matrimonio en un país donde un porcentaje muy alto de la población que vive en unión libre o donde las familias encabezadas por mujeres sola constituyen cerca del 37%.
El comunicado plantea un sinnúmero de implicaciones que se derivan de la aprobación del artículo 30, desde varias perspectivas. Desde una perspectiva social, el comunicado destaca que el artículo 30 “es una disposición clasista y excluyente que afecta fundamentalmente a las mujeres pobres, quienes no podrán ser atendidas en un hospital ni demandar cobertura de su aseguradora ante cualquier intervención a favor de su salud que pudiere conllevar la pérdida del feto.”
Expresaron que en el plano político, el artículo 30 “socava el fundamento democrático de la nación, ya que éste se sustenta en el respeto a las libertades. Al violar el derecho a la salud, la preservación de la propia integridad física y espiritual de la mujer, promueve la erosión institucional”.
Asimismo, adujeron que “NO es la primera vez que la jerarquía de la Iglesia Católica desarrolla una violenta resistencia contra los desarrollos científicos y sus postulados. Su historia se ha caracterizado por dicha confrontación. En este caso, el Artículo 30 obstaculiza la investigación con células madres, actividad esencial para mejorar la salud de millones de seres humanos.”
PRESENTACION DE UNA PLAN DE LUCHA INMEDIATA
Una vez leído el comunicado, las organizaciones presentaron el plan de lucha inmediata aprobado durante la reunión que dio origen a su coordinación donde destacan sendos plantones a realizarse el jueves 30 de abril ante las casa nacionales del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), fuerzas mayoritarias en la asamblea y sobre quienes recae tanto la aprobación del artículo 30, como la posibilidad de reformarlo en segunda lectura.
Se hizo un llamado a la ciudadanía a contactar a sus legisladores y legisladoras a fin de exigirles que escuchen a las mujeres y no solo a los representantes de la jerarquía eclesiástica como han hecho muchos.
Para el 6 de mayo la Coordinación recién creada se plantea la celebración de una marcha nacional.
Los días 10, 12 y 13 de mayo talleres con periodistas en Santiago y Santo Domingo.
La actividad finalizó haciendo un llamado a las y los distinguidos miembros de la Asamblea
Revisora a que “reconozcan las complejidades de este tema y las múltiples consecuencias que se derivarían de la aprobación del Art. 30 en su forma actual” y a que “demuestren que los intereses de la nación están por encima de los intereses particulares y las conveniencias coyunturales de las personas, de los partidos y de los gobiernos”.
La Coordinación Nacional que se ha propuesto enfrentar el retroceso de la Reforma constitucional y decir No al artículo 30 está integrada por:
Foro de Mujeres por la Reforma Constitucional, Coalición ONG SIDA, Federación de Caficultores de la Región Sur (FEDECARES), Red Dominicana con Perspectiva de Género, Colectivo de Salud Popular (COSALUP), Colectivo Lésbico Feminista Tres Gatas, Núcleo de Apoyo a la Mujer (NAM), PROFAMILIA, Participación Ciudadana, Asociación TÚ, MUJER, Mujeres en Desarrollo Dominicana (MUDE), Confederación Nacional de Mujeres del Campo (CONAMUCA), Centro de Estudios de Género de Intec, Colectiva Mujer y Salud, Intermon Oxfam, Coordinadora Iberoamericana de Animación Sociocultural (CASCO), Fundación Pro-Madre, Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología, PRPGENERAS, Movimiento de Mujeres Dominico-Haitianas (MUDHA), Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF), REDSAM, Movimiento Patria para Tod@s, Instituto de Derechos Humanos de Santo Domingo, Centro de Solidaridad para el Desarrollo de la Mujer (CE-MUJER), CNTD - Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos, Centro de Servicios Legales para la Mujer (CENSEL), Centro de Planificación y Acción Ecuménica (CEPAE), Centro de Apoyo Aquelarre (CEAPA), CNUS - Confederación Nacional de Unidad Sindical, Comité por la Unidad y los Derechos de la Mujer (CUDEM), Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UASD, Centro de Género de la UASD, Centro de Estudios Constitucionales de la UASD y Justicia Global
28 de abril del 2009

jueves, 23 de abril de 2009

PRONUNCIAMIENTO FORO DE MUJERES POR LA REFORMA CONSTITUCIONAL




“ARTICULO 30: VERGÜENZA NACIONAL”

PRONUNCIAMIENTO


La aprobación del artículo 30 durante la sesión de la Asamblea Revisora de la noche del 21 de abril del 2009 quedará registrada en la historia de la República Dominicana como un hecho vergonzoso, atentatorio contra el derecho a la vida de las mujeres.

Ante este hecho, manifestamos:

- El repudio al comportamiento politiquero de los 167 asambleístas que aprobaron el artículo 30, quienes en esta nefasta jornada en la que se impuso el autoritarismo, han demostrado que responden a intereses particulares y electoreros, coincidiendo con las ideas de los sectores más conservadores y fundamentalistas del país.

- El rechazo a la actitud del Presidente de la República Leonel Fernández, quien para congraciarse con la cúpula de la Iglesia Católica no tuvo la menor consideración ni respeto a los derechos humanos de las mujeres, al proponer la disposición que condena a cientos de miles de mujeres, la mayoría pobres y católicas, a morir frente a la imposibilidad de interrumpir un embarazo riesgoso en condiciones seguras. Esto es una prueba fehaciente de la doble moral de la clase política dominicana que en nombre de la defensa de la vida contribuye a la muerte de las mujeres.

La aprobación de dicho artículo constituye también la violación de otros derechos humanos de las mujeres dominicanas, como el derecho a la salud, al libre desarrollo de su personalidad, a sus derechos sexuales y reproductivos, su derecho a la ciudadanía plena y su autonomía.

- La indignación frente a la manipulación del Presidente de la Asamblea Nacional y otros asambleístas en contra de la posibilidad de que los miembros de sus partidos votaran de acuerdo a su deber como representantes del pueblo.

- El compromiso ciudadano de señalar de manera permanente el comportamiento de estos y estas asambleístas que traicionaron con su voto los principios del Estado Social y Democrático de Derecho: el respeto a los derechos humanos, la democracia, la pluralidad y libertad de conciencia, en virtud de los cuales no se puede imponer a toda la población concepciones ideológicas que constituyen deberes morales sólo para una parte de ella.

EL Foro de Mujeres por la Reforma Constitucional declara ilegítima la aprobación del artículo 30, y en consecuencia procederemos a denunciar la violación del carácter progresivo de los derechos humanos ante las instancias nacionales e internacionales correspondientes.

Hacemos un llamado a la sociedad dominicana y en especial a las organizaciones de mujeres a sumarse en rechazo a este hecho arbitrario y antidemocrático.



FORO DE MUJERES POR LA REFORMA CONSTITUCIONAL

Foro de Mujeres realiza "Plantón contra el art. 30", momentos antes de ser aprobado







Jóvenes del PRD piden excluir de la reforma el Art. 30

SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- La Juventud Revolucionaria Dominicana (JRD), favoreció este martes que se excluya de la Constitución que resultará de la presente reforma el artículo 30 del proyecto que establece la inviolabilidad de la vida desde la concepción hasta la muerte natural, y se incluya otro que indique que la Ley decidirá sobre el tema tomando en consideración la necesidad de conciliar la ciencia con la fe.

En rueda de prensa, los jóvenes del Partido Revolucionario Dominicano, encabezados por su presidente Winston Arnaud, sugirieron también la realización de un "referendo aprobatorio" para someter al escrutinio popular la Constitución que resulte del proceso de reforma que lleva a cabo la Asamblea Revisora.

Arnaud propuso igualmente que la nueva carta magna incluya la Asamblea Constituyente , para que en lo adelante la misma no pueda ser reformulada si no es mediante este mecanismo.

Los jóvenes perredeístas sugieren también, que el Consejo Nacional de la Magistratura conserve la naturaleza jurídica de su origen, que consiste en la sola designación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia.

Son partidarios además, de que se establezca un artículo donde se penalicen los delitos de funcionarios públicos incluyendo los de elección popular, como el Presidente. También que el Congreso amplíe sus atribuciones.

Entre las nuevas facultades que sugieren debe tener el Congreso, están el velar por el control disciplinario de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, ratificarlo si así lo considera la mayoría de los senadores, designar al procurador general de la República y a todos los miembros del Ministerio Público, además de nombrar al Contralor General.

Cristian Cabrera

http://www.7dias.com.do/app/article.aspx?id=49584

¿Victoria pírrica? - Artículo censurado de Denise Paiewonsky

¿Victoria pírrica?

Con el voto del honor de solo 32 legisladores, la Asamblea de la Vergüenza aprobó ayer el Art. 30 sometido por el Poder Ejecutivo. El Secretario General del PLD y también Presidente de la Asamblea motivó su aprobación en nombre de su partido, de su presidente y de su iglesia.

Ayer Juan Bosch se revolcó en su tumba, mientras el coro de hipócritas seguía celebrando con bombos y platillos el centenario de su nacimiento. Que alguien explique cómo los mismos que ayer ultrajaron su memoria se atreven a seguir organizándole ferias y homenajes al más fiel discípulo de Hostos, al que promulgó la Constitución laica del 63 que derogó el Concordato trujillista, al que frente al chantaje eclesiástico prefirió ser depuesto por las armas antes que renunciar a sus principios democráticos.

Cuarenta y seis años después vuelve a imponerse el fanatismo de ultraderecha, esta vez sin la amenaza de las armas porque los herederos de Bosch en el PRD y el PLD hace tiempo que perdieron, no digamos ya la integridad, sino hasta el pudor (a los herederos de Balaguer, obviamente, no hay ni que mencionarlos). Y así ocurrió que los mismos que ayer constitucionalizaron la noción demencial de que una célula fecundada tiene los mismos derechos que una mujer adulta, aprobaron en la misma sesión y sin rubor alguno el artículo que garantiza la libertad de conciencia y de cultos. Óigase bien, ¡aprobaron la libertad de conciencia y cultos con las rodillas todavía hinchadas de hincárseles a los ayatolas!

Pero solo el tiempo dirá si lo de ayer, más que un triunfo arrollador, no sería una victoria pírrica, sobre todo para la Iglesia. A nuestra clase política la conocemos muy bien, por lo que no creo que el espectáculo de oportunismo y desvergüenza que ha protagonizado en los últimos días tomara a nadie por sorpresa (aunque, eso sí, a Leonel que nunca más vuelva a hablar de modernidad en público, para que no se le rían en la cara).

Contrario a la clase política, que ya no tenía prestigio que perder, la Iglesia sí que perdió. Hasta ahora la jerarquía eclesiástica dominicana había evitado asumir discursos estridentes sobre cuestiones que, aunque su doctrina considera tan pecaminosas como el aborto, gozan de la aprobación incuestionable de la ciudadanía, como el derecho al divorcio o al uso de anticonceptivos. Esta vez equivocaron el cálculo cuando confiaron en que la ciudadanía seguiría acatando su peculiar versión de la ‘defensa de la vida’ sin respingar. No se dieron cuenta a tiempo que la República Dominicana de hoy no es la misma de hace dos décadas.

Recordemos que a comienzos de los años 90 hubo un primer intento de despenalización del aborto terapéutico en el contexto de los trabajos de modificación del viejo Código de Salud. En esa ocasión la sociedad civil permaneció en silencio mientras la Iglesia apeló a todos sus recursos organizativos, políticos y mediáticos para avasallar al reducido grupo de feministas (y escasísimos aliados) que nos atrevimos a promover dicha propuesta. Como en esa ocasión no fue cuestionada por otros sectores, la campaña por la ‘defensa de la vida’ sirvió para consolidar el liderazgo moral y el prestigio político de la Iglesia (como se evidenció poco después, durante la crisis política del 94).

Pero esta vez no fue así. El listado de organizaciones sociales, gremios profesionales, personalidades mediáticas, analistas políticos, directores de medios, expertos constitucionalistas, personalidades científicas y académicas, etc. que ahora se pronunció en favor de la despenalización parcial fue enorme. Peor aún para la Iglesia, lo hicieron llamando las cosas por su nombre y poniendo al desnudo la irracionalidad y el fanatismo que subyace en la postura eclesiástica. Y resulta que no es lo mismo descalificar a un pequeño grupo de feministas que descalificar a la Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología, a la Academia de Ciencias, al Colegio Médico Dominicano, a Participación Ciudadana, al Rector de la UASD, al Director de FLACSO, al Colegio Dominicano de Abogados, etc., etc.

El resultado es que, quizás por primera vez en la historia dominicana, desde la feligresía se cuestiona abiertamente la infalibilidad de los jerarcas en materia espiritual y desde la sociedad civil se cuestiona abiertamente la certidumbre de su liderazgo moral. La Iglesia mismo consiguió lo que sus adversarios jamás hubieran logrado: por un lado, alienar a muchos de sus fieles, dividiendo la feligresía; por el otro, perder la condición sacrosanta que la hacía políticamente intocable en el ámbito público.

Los cientos de católicos que durante días y días expresaron su rechazo a la posición de la Iglesia a través de blogs, cartas al editor, programas interactivos en la radio, listas de e-mail, etc., dejaron poca duda de que también aquí ha crecido la brecha entre la jerarquía recalcitrantemente pre-moderna y la masa de católicos, sobre todo los más jóvenes y mejor educados. Ratzinger y la curia siguen sin entender que no estamos en la época del pergamino sino del Internet.

El análisis anterior sugiere que, desde la perspectiva del mediano plazo, es posible que tanto la Iglesia como los partidos hayan actuado con miopía política; que será necesario cotejar las ganancias aparentes del corto plazo con los desgastes y mermas en otros sentidos, más sutiles pero no menos reales que la aplastante victoria legislativa de ayer. La Iglesia tuvo que dilapidar mucho capital político para conseguirla sin que quede claro qué es lo que va a obtener a cambio, ya que es altamente improbable que las autoridades judiciales empiecen a perseguir a las decenas de miles de mujeres que interrumpen embarazos cada año, así como a las parejas, proveedores, familiares y amistades que las asisten en el proceso. Solo el tiempo dirá quiénes ganaron y cuánto.

Denise Paiewonsky
22 de abril, 2009

Las y los valientes

A continuación presentamos el listado de las y los asambleistas que "mataron al miedo":

PRSC:

Agne Berenice Contreras

PRD:

Alejandro Aguirre Hernández; Rafael Librado Castillo, Josefa Castillo, Salomón García y Noé Marmolejos.Los 26 del Partido de la Liberación Dominicana

PLD:

Juana Vicente, Miguel Bejarán Domingo Colón, Juan Comprés, Isabel de la Cruz, José Ramón de la Rosa, Juan Bautista Encarnación, Manuel Jiménez, Rubén Maldonado, Alfredo Martínez, Demóstenes Martínez, Abraham Martínez, Alfonso Gamalier Montás, Gilda Moronta, Francisco Peña, Mirtha Pérez, Karen Ricardo, Afif Rizek Camilo, Mgda Rodríguez, Gustavo Sánchez, Elso Segura Martínez, Juan Gilberto Serulle, Minerva Tavarez Mirabal, Víctor Terrero, Lethi Vásquez y Santiago Vilorio.

miércoles, 22 de abril de 2009

Constitución para el atraso

Rosario Espinal
21 de abril 2009

No he sido entusiasta de que en República Dominicana se modifique actualmente la Constitución, ni por Asamblea Revisora ni por Asamblea Constituyente.

La razón es simple de enunciar. En el país predomina un conservadurismo de arriba a abajo que conducirá a una nueva Constitución más conservadora que la actual.

En un sistema democrático, reformar la constitución debería servir para avanzar en la conquista de derechos ciudadanos, no para encauzarnos hacia mayores restricciones de derechos como hará la reforma constitucional que se discute en el Congreso.

Que quede claro; no niego que hay aspectos positivos en la propuesta de reforma. Pero el balance neto será negativo porque los beneficios no compensarán por los derechos democráticos fundamentales que se restringirán.

Me referiré aquí a dos puntos nodales: los derechos de las mujeres y la nacionalidad.

La Constitución vigente protege el derecho a la vida, como debe hacer toda constitución democrática, pero lo hace en un sentido amplio, sin especificar exactamente cuándo comienza.

El proyecto de reforma constitucional, por el contrario, establece el inicio de la vida en el momento mismo de la concepción.

Pero decidir cuándo se inicia la vida no le compete a un texto constitucional democrático porque es un asunto polémico e irresuelto en el campo religioso y de las ciencias.

A pesar de eso, los formuladores y promotores de la reforma constitucional se empeñaron en incluir el famoso Artículo 30 que reza: “El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte”.

¿Qué significa esto en términos concretos?

Que las mujeres dominicanas estarán impedidas constitucionalmente para buscar más adelante la aprobación de leyes que protejan el derecho a la interrupción del embarazo, incluso en casos tan justificados como una violación sexual o riesgos de vida para la madre.

Pregunto: ¿Hay que obligar constitucionalmente una mujer violada por un hombre a mantener un embarazo no deseado? ¿Hay que obligar una mujer a punto de morir a continuar con un embarazo que si se interrumpe podría salvarle la vida?

Mientras el proyecto de reforma constitucional establece en el Artículo 29 el derecho a la igualdad de hombres y mujeres, en el Artículo 30 priva a las mujeres de sus derechos reproductivos.

Por eso, las mujeres nunca serán iguales que los hombres en la sociedad dominicana. Estarán obligadas constitucionalmente a concluir todos los embarazos, incluso aquellos concebidos en situación de violencia sexual masculina. ¿Es esto democrático?

Con respecto a la nacionalidad, la Constitución vigente establece el derecho a obtenerla fundamentalmente por nacimiento en el territorio dominicano (el llamado jus solis).

La reforma, sin embargo, debilita el jus solis y fortalece el jus sanguinis. Es decir, privilegia la descendencia sobre el territorio para otorgar la nacionalidad.

¿Qué significa en términos concretos?

Que los hijos de inmigrantes dominicanos, nacidos y criados en el extranjero, podrán obtener la nacionalidad dominicana aunque no residan en el país, mientras los hijos de inmigrantes haitianos indocumentados que nazcan, crezcan y mueran en la República Dominicana nunca podrán ser dominicanos.

La nueva Constitución creará entonces una nación de dominicanos en la diáspora con nacionalidad de los países desarrollados donde residen, mientras muchos habitantes del territorio dominicano de origen haitiano nunca podrán obtener un acta de nacimiento que verifique su nombre, lugar de nacimiento y el nombre de los padres. ¿Es esto democrático?

Las restricciones a los derechos reproductivos de las mujeres y a la obtención de la nacionalidad harán que la reforma en discusión conduzca a una Constitución para el atraso social y político de la República Dominicana, no para una revolución democrática como ha proclamado el presidente Leonel Fernández.

http://www.clavedigital.com/App_Pages/opinion/Firmas.aspx?Id_Articulo=14188&Id_ClassArticulista=23

Carta INSALUD al Congreso

20 de abril, 2009

Sr. Reynaldo Pared Pérez Presidente de la Asamblea Revisora de la Constitución Dominicana

Sr. Julio Cesar Valentín Jiminian Vicepresidente de la Asamblea Revisora de la Constitución Dominicana

Estimados Sres. Legisladores:

La Comunidad Internacional se siente preocupada por las consecuencias que podría tener para el disfrute de los derechos humanos de las mujeres dominicanas la aprobación del artículo 30 del texto de Reforma Constitucional presentado por el Poder Ejecutivo.

De aprobarse dicho articulo, estableciendo que el "derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte":

- Se violarían derechos humanos fundamentales de las mujeres y acuerdos y compromisos internacionales de los cuales la Republica Dominicana es signataria o compromisaria, como por ejemplo, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres.

- La interpretación de dicho texto, podría conllevar a la penalización o trabas para el uso de algunos métodos anticonceptivos, como el dispositivo intrauterino DIU o la anticoncepción de emergencia.

- Podría incrementar los embarazos no deseados y consecuentemente, los abortos en condiciones de clandestinidad y altos riesgos para la salud y la vida de las mujeres, sobre todo, para las de escasos recursos económicos.

- Constitucionalmente, se establecerá la obligación de dejar morir a una mujer en caso de un embarazo ectópico; tampoco se podrá inducir un parto prematuro en casos de preeclampsia, cardiopatía severa, rotura prematura de membranas con producto inmaduro, cancer y enfermedades sistémicas que hagan incompatible la vida de la madre con la continuación del embarazo.

- El personal de salud, el cual tiene la responsabilidad ética y moral de salvar vidas, estaría expuesto a sanciones legales y jurídicos, y por demás, constitucional, si no respetan "la vida desde la concepción" cuando se vean en la disyuntiva de tener que elegir entre salvar la vida de una mujer, o del embrión, o feto que lleva en su vientre.

- Igualmente, impediría que en el futuro pueda ser despenalizado el aborto cuando corra peligro la vida de la madre, o en caso de violación. En el 98% de los países del mundo el aborto esta despenalizado por algunas de estas circunstancias.

Por las razones anteriores, nos atrevemos a exhortarles que tomen en consideración los aspectos antes señalados y en cada una de las decisiones sobre la reforma constitucional se garanticen todos los derechos humanos de las mujeres.

Atentamente,

Por la Dirección y Junta Directiva del Instituto Nacional de la Salud-INSALUD

Dra. Giselle Scanlon-Directora EjecutivaDr. Victor Manuel Tejada del Instituto Dominicano de Cardiología, Presidente Lic. Leopoldo Díaz de Hogar Crea Dominicano, Vice PresidenteDra. Emma Rodríguez V. de la Fundación Dominicana de Dermatología, SecretariaMargot Tapia del Centro de Apoyo Aquelarre, TesoreraCristina Sánchez de la Asociación Tú Mujer, VocalDra. Demetria Rosario de la Asociación Dominicana de Rehabilitación, Vocal Ingrid Bretón de la Fundación Grupo Paloma, Vocal

CC: Marina Hilario-Directora Centro de Representación de la Cámara de Diputados

Discurso Minou Tavárez Mirabal ante la Asamblea Nacional

Señor Presidente de la Asamblea Nacional

Señor Vicepresidente de la Asamblea Nacional

Estimadas y estimados colegas asambleístas:

Parafraseando lo que alguien escribió en estos días en la prensa: aquí lo único que hay que matar es el miedo.

Y lo tenemos que hacer desde nuestra responsabilidad, teniendo muy presentes las atribuciones que hemos jurado cumplir al asumir nuestras funciones de legisladores y legisladoras.

Todos y todas llegamos aquí con nuestras historias, con distintos saberes y experiencias, con creencias religiosas o sin ellas.

Esa diversidad es una riqueza que nos enorgullece y que nos ayuda a servir mejor a quienes son nuestros mandantes: los dominicanos y las dominicanas. Ellos y ellas nos observan y exigen que las diferencias naturales que la diversidad significa sean resueltas en el marco de la tolerancia.

Quiero llamar la atención de que nadie, absolutamente nadie está aquí en representación de institución religiosa alguna y que yo sepa, ninguno de los partidos tuvo como tema de campaña el enigma de la vida que nos ocupa. Un misterio que por demás ostenta el privilegio de no haber logrado acuerdo ni en la comunidad científica, ni en la comunidad religiosa.

Apreciados colegas: ¿De verdad ustedes piensan que seremos nosotros quienes respondamos aquí y ahora, a este debate que no es nuevo, que no se limita al campo de lo religioso, ni al de la biología, y que por siglos se ha mantenido sin respuesta?.

Este importante debate científico y ético no puede solventarse imponiendo en un texto constitucional restrictivo las ideas que en un momento dado sean profesadas por un sector social.

Un proceso constituyente, no puede considerar la vida humana en abstracto, ni exclusivamente desde una perspectiva biológica restrictiva: la vida es vida en unas determinadas circunstancias familiares, comunitarias, culturales, económicas y sociales en general, y también con los complejos procesos ecológicos que hacen posible la preservación y reproducción de la vida en general, de la biosfera de la cual formamos parte indivisible.

El derecho a la vida se articula con los derechos a la salud, a la educación, al trabajo, a la vivienda digna, a la seguridad social, a un ambiente sostenible, y a todos los recursos básicos necesarios para que la vida como persona y como ente social, como ciudadanos plenos de derechos y deberes, sea realidad. En este sentido, la exclusión social es uno de los peores atentados contra el derecho a la vida.

El mundo de la ciencia contemporánea no es un mundo de rigideces y verdades absolutas, sino un mundo de incertidumbres y de aperturas. No corresponde a una Constitución tomar partido y cerrar un debate que corresponde al campo de la ciencia y de la ética. Por el contrario, debe no sólo permitirlo, sino estimularlo.


Mal podríamos como Constituyentes limitar el derecho a la vida de algún ciudadano para favorecer la de otros u otras, hayan nacido o no. Nuestra responsabilidad como asambleístas es asegurar que el Estado garantice este derecho, con todas sus consecuencias, para toda la ciudadanía y que la ciencia, los recursos disponibles y los valores de cada persona, familia y comunidad puedan ser aplicados en el mejor beneficio de la ciudadanía.

Hagámonos cargo entonces de lo que somos o de lo que debemos ser: hombres y mujeres de Estado obligados a hacer leyes en el marco de la ética cívica, ésa que nos obliga a lo bueno, más allá de creencias específicas, para favorecer el bien común de todos los ciudadanos y ciudadanas.

Hace unos días aprobamos que el Estado Dominicano es un Estado Social y Democrático de Derecho. ¿Qué significa legislar en ese contexto?

Desde mi punto de vista significa que el Estado es responsable de proponer a la ciudadanía una pluralidad de opciones que le permitan a ciudadanos y ciudadanas optar de acuerdo con sus creencias, con sus valores e intereses. El Estado Social y Democrático de Derecho no impone. Por eso es democrático.

Mucho menos puede orientar conductas desde el dogma o la moral religiosa. ¿Y aquellos que no profesan religión alguna? ¿Tendrán que vivir obligados por la ley, de acuerdo con normas religiosas en las que no creen?

La vida de los creyentes debe ser orientada por sus líderes religiosos. No puede ser responsabilidad del Estado, a menos que estemos en verdad diseñando un Estado teocrático.

Mantener el art. 30 como ha sido sometido por el Poder Ejecutivo tendrá consecuencias en las acciones del Estado.

Frente a una diversidad de políticas públicas posibles en el ámbito de la salud reproductiva, la discusión que en el día de hoy tenemos se reproducirá en forma permanente y terminará impidiendo la acción pública.

Los legisladores o legisladoras que insisten en mantener sin mejorar el Artículo 30:

¿Cómo explicarán a sus representadas que si utilizan el DIU están violando la constitución?

¿Cómo comenzarán el diálogo cuando tengan que ser los paladines de la prohibición de la llamada “píldora del día después”?

¿Estamos conscientes de las serias limitaciones que este artículo tendría para los programas que buscan reducir la mortalidad materna en el país?

Y conste que hablamos de cifras alarmantes: cerca de un 30% de los embarazos en el país, terminan en abortos ilegales u otras formas de interrupción. ¿Qué seguridad tenemos de que el texto Constitucional propuesto, no estimulará las prácticas clandestinas e inseguras, al elevar a nivel Constitucional las penalidades correspondientes?

Una nueva Constitución democrática no debe limitar derechos sociales que ya están consagrados en Constituciones previas. Debe, por el contrario, tener un carácter de ampliación progresiva. Sólo ocurren retrocesos en periodos de autoritarismo extremo, en regímenes que perciben como amenazantes los derechos de la ciudadanía.


La Constitución vigente consagra el derecho a la vida, sin restricciones. Introducir calificaciones, que corresponden al campo de la ciencia y de la íntima concepción moral de cada familia y persona, constituiría un retroceso. Sería preferible mantener la redacción del actual texto constitucional, si el Estado considera que no hay condiciones para ampliar este derecho.

Estimados colegas asambleístas, en la reunión del pasado jueves, se escucharon en tono de amenaza frases como “Voten, voten, los están mirando”.

Se equivocan quienes creen que nos intimida actuar públicamente.

Actuar frente a nuestro pueblo asegurando y ampliando sus derechos es un privilegio que sólo podemos sentir quienes abrazamos la democracia como inspiración permanente.

Ese intento de chantaje sólo puede venir de los amigos de las sombras y de las recompensas, de los recién convertidos a la defensa de la vida. Nosotros, los partidos mayoritarios, en nuestras gestiones de gobierno podemos admitir haber cometido errores, pero jamás horrores.

Colegas asambleístas: “Sed justos, si queréis ser felices”

Muchas gracias.

Minou Tavárez Mirabal

Asamblea aprueba la prohibición de la interrupción del embarazo

Clave Digital

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Pese a que la bancada peledeísta había acordado proponer el envío a comisión del controvertido artículo 30 del anteproyecto de Constitución, la Asamblea Revisora lo conoció y aprobó este martes, con lo que prohíbe de forma constitucional la interrupción del embarazo, sin ninguna excepción.

Cuando faltaban 14 legisladores inscritos para presentar sus posturas, el presidente de la Asamblea, el peledeísta Reinaldo Pared, propuso detener el debate y someter el artículo a votación.

De entre los legisladores presentes, 167 se pronunciaron a favor y 32 en contra.

El artículo, que generó el mayor debate desde que la Asamblea Revisora comenzó sus sesiones el pasado 14 de abril, establece que “el derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.

La pieza, cuyo conocimiento comenzó el pasado jueves, despertó airados debates tanto entre los legisladores, como entre diversos sectores de la sociedad, incluidos los médicos, que advierten ante los embarazos que ponen en peligro de la vida de la mujer, así como la iglesia católica, que emprendió una campaña a favor de la aprobación sin modificaciones al artículo.

Previo a la aprobación del polémico artículo, la legisladora Minou Tavárez Mirabal fue la primera en hacer uso de la palabra en la sesión de este martes. Tras reiterar su rechazo al artículo 30 de la propuesta de modificación de la Carta Magna, la diputada peledeísta insistió en que no se dejará intimidar.

“Este importante debate científico y ético no puede solventarse imponiendo en un texto constitucional restrictivo las ideas que en un momento dado sean profesadas por un sector social. Se equivocan quienes creen que nos intimida actuar públicamente”, expresó.

Por su parte, el vicepresidente de la Asamblea, Julio César Valentín, propuso sustituir el artículo 30 de la propuesta del Poder Ejecutivo por el artículo 4, numeral uno de la Declaración Americana de los Derechos Humanos de 1969 que reza “toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho está protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.

Después de solicitar a sus colegas asambleístas acoger la propuesta, pidió el cierre de debates pero fue rechazada por la Asamblea Nacional. Los debates continuaron hasta que el presidente de la Asamblea, Reynaldo Pared Pérez, pidió el cierre definitivo, para luego pasar al proceso de votación que concluyó con la aprobación de la propuesta del Poder Ejecutivo.

Feministas protestan

La aprobación de artículo 30 tal y como lo envió el Poder Ejecutivo que establece el derecho a la vida desde la “concepción hasta la muerte”, fue rechazada abiertamente por grupos feministas que minutos antes del inicio de la Asamblea habían escenificado una protesta frente al Congreso que coincidió con representantes de las iglesias Católica y Evangélica.

Las feministas exigían el derecho a decidir que tiene la mujer, mientras que las iglesias reiteraron su rechazo a la despenalización del aborto.

http://www.clavedigital.com/App_Pages/Portada/Titulares.aspx?id_Articulo=17850

domingo, 19 de abril de 2009

Plantón contra el art. 30, este martes 21, 2pm, frente al Congreso!!!!


Politólogo califica como un teatro discusión sobre el aborto

El politólogo Belarminio Ramírez Morillo manifestó que hasta el más niño de los televidentes pudo darse cuenta que el debate sobre el aborto producido en la Asamblea Revisora de la Constitución, no fue más que un puro teatro.

Expresó que legisladores que no saben rezar un Padre Nuestro; asambleístas que nunca han pisado la puerta de un templo, quisieron presentarse ante la ciudadanía como los enviados del cielo para detener un atentado o una trama en contra de la vida humana.

El profesor universitario dijo que muchas personas se rieron y hasta se burlaron de congresistas farsantes y fariseos, quienes hablaron cosas que no sienten, ni padecen, ignorando que estaban siendo vistos por la ciudadanía, y más aún, por los compueblanos que les conocen muy bien, y saben lo que predican y no predican, lo que hacen y no hacen.

El abogado y político expresó que muchos de esos sacrosantos asambleístas han pagado abortos por montones. “Con esas plegarias de simulación, mentiras y fantasías no ganarán nada. No confundirán a ciudadanos que les conocen por que la República Dominicana es un patio; no engañarán a Dios, pero tampoco engañarán a la Madre Santa Iglesia, que está siendo dirigida por personas sabias.” Subrayó.

Dijo que el debate de los asambleístas sobre el aborto pareció más bien un circo, donde todos estaban de acuerdo en lo mismo, pero debían actuar.

Expresó que todos los asambleístas sin excepción están de acuerdo con el principio elemental del derecho a la vida como lo consagra el artículo 30 del Proyecto de Reforma Constitucional sometido por el Presidente Leonel Fernández.

Dijo no entender el por qué no aprueban el artículo tal como y está, para que la ley adjetiva, sea el Código Penal u otra producida para tal caso, establezca las excepciones.

El profesor de derecho constitucional dijo esperar que en los debates pendientes, los asambleístas sean cautos, comedidos, coherentes y sabios. “Es conveniente que primero unifiquen criterios en los bloques.”

Calificó el proceso de discusión sobre la reforma constitucional como un acontecimiento trascendente para la historia democrática de la Nación. Pidió a los congresistas que no dañen esta brillante e irrepetible oportunidad, que no monten un espectáculo vergonzoso, que hablen con el corazón y con la verdad.

El escritor y político dijo que el momento amerita que se renuncie a la demagogia y politiquería barata.

Calificó como positivo el hecho de que los medios de comunicación estén transmitiendo los debates en vivo, con pelos y señales. “Este ejercicio servirá para que los ciudadanos evalúen al sistema político y a sus representantes, y determinen si vale la pena que muchas de estas personas continúen en el Congreso más allá del año venidero.”

A juicio del estudioso de la política, estamos adentrándonos a un nuevo capítulo de la historia democrática de la Nación. Precisó que nunca antes, un debate sobre la reforma constitucional había suscitado tanto interés como en el presente. “Precisamente, por que en el pasado no habíamos contado con una ciudadanía tan bien edificada, tan bien informada, y con el desarrollo tecnológico y mediático que tenemos hoy día.”

Expresó su esperanza en que los asambleístas adquieran consciencia plena de la responsabilidad que la historia coloca en sus manos, y que en los debates pendientes, sean más cuidadosos, para que no caigan en simulación, en hablar por hablar, en exposición repetitiva y vaga, como sucedió en la discusión sobre el aborto.

Masones piden Asamblea actúe libremente

La masonería dominicana pidió a los asambleístas que tomen susdecisiones libremente, sin dejarse influenciar por lineamientospartidaristas o ideológicos. Las declaraciones fueron realizadas el día dehoy, sábado, por el Gran Maestro de la Gran Logia de la RepúblicaDominicana, Dr. René Miguel Báez Robiou.

Sorprende censura partidarista

El Gran Maestro afirmó que resulta preocupante notar que una gran parte delos asambleístas están anteponiendo los intereses de su partido por encimade los intereses de la nación.

Dijo que esto se hizo evidente cuando el pasado jueves, en un actodesafortunado, el vocero de la bancada de uno de los partidos desautorizópúblicamente a todos los asambleístas de su bancada a hacer uso de lapalabra en el debate en cuestión, como si se tratara de personas sincriterio propio e incapaces de un juicio sano y provechoso para las mayoríasnacionales.

Dijo que nuestros legisladores fueron elegidos para representar a todos losdominicanos—no a un partido en particular—y para poder ostentar dignamentedicha representación, deberán constituirse en la expresión viva de laconciencia colectiva nacional.

Por ello, exhortó a los asambleístas a que emitan sus votos libremente,basados en la íntima convicción de su conciencia, sin dejarse trazar pautasni permitir que se le bajen líneas desde las altas esferas de lasorganizaciones políticas a las cuales pertenecen.

Del estado laico

Los masones reiteraron su convicción de que la Constitución de la Repúblicadebe establecer explícitamente el laicismo como un medio de garantizar laplena libertad de conciencia de todos los ciudadanos.

También afirmó que los asambleístas deberán tomar mucho cuidado en nootorgar a los tratados internacionales preeminencia por encima de laConstitución, la cual es, y deberá ser para siempre, la ley suprema de lanación, por encima de todo otro texto jurídico de carácter público queafecte a la nación dominicana y sus ciudadanos.

Del artículo 30 propuesto

La propuesta del Poder Ejecutivo que declara inviolable el derecho a la vidadesde la concepción hasta la muerte pretende implantar con carácterconstitucional la penalización del aborto basado en el fundamentalismo religioso.

Según Báez, esta propuesta no brinda una solución digna al embarazo nodeseado que fuere ocasionado por situaciones extremas tales como cuando lamadre ha sido victima de violación o incluso de incesto, o cuando eldesarrollo del embrión o el feto pone en riesgo la vida de la madre.

Dijo que tampoco brinda una salida humanitaria al feto que se hayacomprobado que no podrá desarrollarse en un ser humano con las mínimasposibilidades de dignidad social.

Del artículo 44 propuesto

La definición de familia hecha en la propuesta del Poder Ejecutivo, la cualse limita a la llamada “familia nuclear”, no representa la situación de vidade la mayoría nacional debido a que el 54% de las familias dominicanas sonmonoparentales.

El Gran Maestro afirmó que el otorgamiento de derechos especiales que sehace en este articulado a la familia al calificarla como fundamento de lasociedad resulta, pues, excluyente y discriminatorio contra todos losciudadanos dominicanos que no viven—por la razón que fuere—dentro delcontexto de una familia nuclear según la define el propio artículo.

La Constitución de la República, en su calidad de ley sustantiva, debegarantizar la igualdad de todos los ciudadanos dominicanos, sin elotorgamiento de privilegios a algunos en detrimento de los intereses de losdemás, según el criterio de los masones. (FIN)

El extremismo del art. 30

Fundados en la idea de “defensa de la vida”, un concepto dilatado de por sí, se pretende imponer una versión apretada de la misma y acomodada de tal manera, que casi obvia, por así decir, el tema que reposa a su sombra: el aborto. Toda una controversia.

La Constitución es un instrumento político por excelencia. Busca el equilibrio entre todas las partes de la sociedad. Un consenso, que no puede obviar la libertad de conciencia, la igualdad y no discriminación ante la ley y el reconocimiento de la autonomía estatal con respecto a las filosofías, religiones y credos. El Estado moderno, al menos desde la ilustración, es y debe ser laico. Nunca más confesional.

Lo que figura en el anteproyecto no admite colores. Blanco o negro. Mujer, médico, anestesista o enfermera incurren en violación constitucional y penal. Que definan la pena y ya está. ¡ A la cárcel! .

Sería bueno que este proceder, constitucional y penal, definiera también la pena de la muerte por negligencia o negación de servicio por razones constitucionales. Aquella muerte previsible de no practicarse el legrado o la cesárea. La vida que todo médico sabe incompatible con la gestación. La orden constitucional es no al aborto. Subirle el vidrio a la gestante, piense lo que piense.

La idea es que la prohibición borrará el aborto de la faz de tierra y nos libraría de esa congoja moral. Y de la ira curial.

Se debe entender que la conducta del Estado, como ente político responsable de la salud pública, representada en este caso por los hospitales públicos, será llevada a una situación tan conflictiva, que en el momento en que una ciudadana ingrese, como en realidad ocurre, a una emergencia con un aborto en curso, sangrante, más valdrá no estar allí en ese trance.

El artículo 30 prohíbe la intervención, mientras el 33 garantiza la protección del Estado en caso de amenaza y riesgo a la integridad física. Pero, igualmente, el artículo 44, inciso 3, establece la obligación de la protección de la mujer embarazada por los poderes públicos y la generación de derecho a asistencia oficial ante el desamparo. ¿A cuál artículo deberá atenerse el personal hospitalario ante una demanda de atención de una ciudadana, con o sin esposo, con o sin familia?. ¿El derecho pertenece a quién?… A la ciudadana o al barrio, al club o a la iglesia?. Pura dualidad.

La defensa de la vida, en el caso del aborto, debe apuntar la atención a sus causas. A la epidemiología del mismo, porque es ya un gran problema de salud pública. El 64% de las adolescentes embarazadas son mujeres con poco o ningún nivel de instrucción, y solo 11% ocurren en mujeres que alcanzan educación superior (Endesa 2002). El 57% de las adolescentes provienen de familias de escasos recursos.

El sustrato socio-económico del aborto es innegable. La pobreza y la marginalidad con su cuadro de hacinamiento, poca escolaridad, precariedad del empleo y el ingreso son su caldo de cultivo. Nueva vez la educación es vital para la defensa del no nacido y de la madre.

Si es fácilmente reconocible el sustrato económico-social del mismo, la criminalización manda a preparar cárceles nuevas, si es que el ministerio público tendrá el personal para investigar, procesar y someter a las y los criminales del aborto. La bulla y el corredero serán comedia diaria en hospitales y clínicas.

Queremos una sociedad libre de aborto, sin duda. También la adolescente sueña con su príncipe azul. En el contexto real de la sociedad dominicana el enfoque asumido traerá un mercado clandestino del aborto. La vida cruda y real del embarazo no deseado o no contemplado conviviendo junto a la prohibición legal. Como la ley del 4% a la educación.

El control del aborto no debería ser un asunto constitucional, sino el objeto de una ley específica para su regulación. El embrión adquiere en el artículo 30 figura legal.

A modo de recuerdo tomemos en cuenta casos específicos. Una mujer embarazada con falcemia de más de un 80% está llamada a tener problemas en el tercer trimestre y no sencillos. Igualmente los trastornos de insuficiencia cardíaca e insuficiencia renal. ¿Cómo resolver, legalmente, una anencefalia o una microcefalia revelada por los estudios médicos?

¿La libertad de conciencia, un derecho universal, toca en alguna parte el artículo 30?

El Estado ni piensa ni tiene conciencia. Sólo los individuos poseen esa facultad y puede derivar en la adopción de soluciones muy diversas.

Lo aconsejable es llevar este tema a una ley específica posterior y permitir la discusión de la nueva constitución alejada de esta controversia. Sería lo más saludable.

Santo Domingo, 16 de abril de 2009

Verguenza ajena

Margarita Cordero

jueves 16 de abril

A las 10.49 de la noche de este jueves 16 de abril de 2009, escucho desde la habitación que he convertido en oficina-refugio, el eco cercano del televisor. Mi entrañable hijo Nassef persiste en no perderse los “debates” de la Asamblea Revisora; primero, pienso, porque es un enfermizo abogado constitucionalista y, segundo, estoy segura, porque su capacidad de tolerancia intelectual es envidiable, por lo menos para mi.

Yo veía CSI New York, mi segunda serie televisiva favorita, cuando él, como en si en ello le fuera la vida, abrió la puerta del apartamento y casi me conminó a cambiar de canal. Puesto el 4 lo acompañé durante un momento, pasando de golpe de la simulación de la realidad a la realidad de la simulación de unos asambleístas que convirtieron el salón de los debates constitucionales en escenario de su fariseísmo.

Y no es que me hiciera expectativas respecto a que estos santos varones y algunas pocas virginales mujeres fueran a impugnar el ya famoso –dijeron algunos que “histórico”— artículo 30 del proyecto de reforma constitucional sometido por el presidente Leonel Fernández, que constitucionaliza la defensa de la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural (¿dónde entran los muertos de las ejecuciones extrajudiciales y los neonatos de la pobreza?)
Hace mucho tiempo que hice conciencia del país en el cual vivo, y todos los días, cuando abro los ojos a la madrugada, me inyecto en el ánimo una dosis poderosamente narcótica contra el asombro. Ergo, no voy a morirme de espanto.

De lo que sí posiblemente muera es de vergüenza ajena, sobre todo porque no estoy en edad de recoger mis bártulos y emigrar. Yendo y viniendo entre mi computadora y el televisor, escuché frases sueltas, algunas intervenciones casi completas, o simplemente el nombre del legislador o legisladora a los que me negué a prestar atención por insoportablemente falsos. Me dieron ganas de que la tierra me tragara... democráticamente, desde luego.

De haber encendido antes el televisor y no haberme complacido en la trama de CSI New York, hubiera podido escuchar a Minou Tavares Mirabal, a Víctor Terrero o Magda Rodríguez, si es que todos hablaron, lo que ignoro, y el sonrojo de la vergüenza hubiera cedido ante el sonrojo de la visceral emoción ciudadana. Pero no lo hice. Así que me tocó, con la excepción del diputado por Boca Chica, escuchar retazos de posiciones que, lo reitero, me llenan de vergüenza.

Y mato el gallo en la funda a los que crean que sangro por la herida infligida a esta hora de la noche por lo que presumo un hecho, es decir, la aprobación del articulo 30 del proyecto de

Constitución leonelista. Lo digo en voz tan alta que nadie puede decir que no me escucha: me avergüenzan los legisladores partidarios de la permanencia de este artículo no porque sostienen una posición contraria a la mía en el tema del derecho a decidir de las mujeres, sino por eso que incluso muchos defensores del artículo 30, asqueados ellos también, llamaron tan justamente TEATRO.

Me pongo clara. Me hace regurgitar escuchar a algunos de nuestros “asambleístas”, herederos político-ideológicos de Joaquín Balaguer, hablar del derecho a la vida, en olvido voluntario –que es el peor de los olvidos— de que los gobiernos de su mentor, pese al sistema de complicidades sociales que nos arropa, pasaron a la historia como sistemáticos quebrantadores del derecho a la vida de generaciones completas. Amín Abel Hasbún, baste su ejemplo, era más brillante que cualquier cigoto, y los reformistas lo dejaron tendido en una escalera, con un tiro en la nuca, y por sobre su cadáver hicieron pasar a Mirna, su mujer embarazada de casi nueve meses. Malditos, como les dijo ese día, en un editorial memorable, el poeta y periodista Freddy Gatón Arce.

También me retuercen los intestinos los legisladores del Partido Revolucionario Dominicano que, en bloque, decidieron refrendar la propuesta del Ejecutivo para tener que oír después a un peledeísta confesar su alegría de que fueran precisamente los blancos quienes reivindicaran al presidente Leonel Fernández del “error” de haber enmendado el Código Penal porque endurecía la penalización del aborto.

Los perredeístas, que desesperadamente intentan reconstruir los lazos rotos con los sectores más progresistas de la Internacional Socialista (no con los nacionales, que les han dado la espalda y frente a los cuales no tienen estrategia de reconquista), que buscan relegitimarse (¿oportunistamente?) en el plano internacional haciendo profesión de fe socialdemócrata, adhieren sin embargo en el país las posiciones sociales más retrógadas por puro (y equivocado, apuesto peso a morisqueta) cálculo político, sin parar mientes en que las matemáticas poco tienen que ver con la decisión de la gente.

Pero no es este fingimiento oportunista el peor espectáculo que los perredeístas pudieron ofrecer esta noche del 16 de abril. Uno de los miembros del bloque, cuyo nombre me importa un comino, proclamó como si fuera motivo de orgullo que ahora la Iglesia católica sabe que el PRD votó a favor de la “vida” y contra el aborto. Dudo que tenga la inteligencia suficiente para saber que podía estar haciendo una operación de suma cero, porque en la República Dominicana abortan anualmente más de cien mil mujeres, que con toda seguidad no son todas militantes católicas.

A nadie sorprendo (solo los voluntaria y perversamente carentes de información podrían hacerse los suecos) cuando digo que desde 1978, y con la excepción de 1990, he votado blanco. Pero de ahora en adelante, que el PRD no cuente con mi voto. Me respeto como ciudadana, y mi sufragio se niega a entrar en la tómbola que –según uno de sus legisladores— el PRD agitará sumisamente frente a los despectivos ojos cardenalicios para tratar inutilmente de ganar un favor que los peredeístas–de inteligencia incompetente— no saben que les está negado por otras múltiples e insuperables razones.

Y aunque no me consuela, porque me aferro como posesa a la idea de una sociedad transparente y responsable en todos los ámbitos, confieso que el espectáculo de esta noche, rastreramente hipócrita, tampoco me quita el sueño. Lamento, eso sí, que las mujeres que no dejarán de abortar lo sigan haciendo en condiciones precarias (menos las ricas y las amantes de muchos de los que hoy hablaron, of course), y que los médicos obstetras enfrentados a la disyuntiva de elegir entre la vida de la madre y la del feto inviable lo hagan preocupados por la posibilidad, que me atrevo a presumir remota, de que aparezca un cazador de brujas.

El mensaje de esta noche fue el de cambiar las apariencias constitucionalizando la defensa de la “vida” para que todo siga igual, sobre todo porque mayo de 2010 está cerca, y en la mentalidad de mime de la generalidad de nuestros políticos esa cercanía obliga a la concesión de cualquier naturaleza y laya. Y eso, perdonen no solo la molestia sino la vulgaridad, es lo que me jode: ver esta hipocresía que nos deforma, que nos condena a mordernos la cola, que nos atrapa en un círculo vicioso de ilegitimidades, que nos perpetua como sociedad que se cubre los ojos para que no la ciegue el futuro.

(Acaba de terminar la sesión de la Asamblea sin decisión sobre el artículo 30. Los trabajos se reanudarán el martes, pero no me hago ilusiones y envío este artículo sabiendo que la hipocresía no se convertirá en responsabilidad moral por arte de birlibirloque)

jueves, 16 de abril de 2009

Médicos ginecólogos dicen artículo 30 del Proyecto de Reforma Constitucional viola derechos


La Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología (SDOG) conjuntamente con la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (FLASOG) y la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), afirmaron ayer que así como está redactado el artículo 30 del Proyecto de Reforma Constitucional viola una serie de derechos que en principio pretende proteger, entre ellos, el derecho de las mujeres a la protección de su salud y a la maternidad sin riesgo.

“Reconocemos el valor moral del feto y su derecho a la vida, pero si el texto es tan restrictivo como se propone, habría que dejar morir a la mujer y a su embrión o feto cuando no hay otra manera de salvar a la mujer que interrumpiendo el embarazo”. Afirman que todas las personas tienen el derecho a la vida y que nadie debe ser privado de ella arbitrariamente. En este sentido reconocen que la vida de ninguna mujer debe ser puesta en riesgo o en peligro por razones de embarazo o parto.

El Proyecto de Reforma Constitucional, en la sub-sección 3 relativa a los Derechos Constitutivos de la Personalidad, establece en su artículo 30: “El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.

Ayer durante una rueda de prensa médicos representantes de la SDOG, la FLASOG y FIGO aseguraron que son precisamente los profesionales de la salud llamados a prestar atención a las mujeres, quienes verían comprometida su responsabilidad y estarían expuestos a persecución jurídica por “irrespetar la vida desde la concepción” cuando se vean en la disyuntiva de tener que elegir entre salvar la vida de una mujer o del embrión o feto que lleva en su vientre.

“Estamos seguros de que si finalmente ustedes aprueban este artículo, sin modificaciones, su impacto sería catastrófico sobre la mortalidad materna que todos y todas queremos reducir”.

En opinión de los especialistas, la práctica de la obstetricia en el país se vería seriamente afectada “y muchos profesionales deberán abandonarla o comenzar a hacer intervenciones en la clandestinidad que hoy se consideran rutinarias, como los casos del tratamiento del embarazo ectópico, de inducir un parto prematuro en casos de preeclampsia, cardiopatía severa, rotura prematura de membranas con producto inmaduro, cáncer, enfermedad sistémica por mencionar solo algunos casos”.

Afirman que ningún esposo o familiar perdonaría al médico que deje morir a madre e hijo por imposibilidad de interrumpir la gestación en cualquier edad gestacional como seria el caso si la Constitución es aprobada en esos términos.

“Los médicos estaríamos entre la obligación ética y moral de salvar la vida de la mujer y la obligación legal de no dejarla morir”.

“No estamos a favor del aborto”. En opinión de los médicos y médicas, nadie quiere un aborto. “No queremos que las mujeres tengan que llegar a tomar esa decisión extrema. El aborto es siempre un fracaso, un fracaso del sistema de educación, del sistema de salud, de las políticas de planificación familiar, del sistema de seguridad social, en resumen, un fracaso del Estado”.

En un documento entregados a los medios de comunicación, y que anteriormente se hizo llegar a un grupo de senadores de la República, los dirigentes de la SDOG, la FLASOG y FIGO expresan que en el contenido del texto presentado a discusión y análisis por el Dr. Leonel Fernández, Presidente Constitucional de la República, se consignan importantes conquistas relativas a la dignidad humana y a los derechos sexuales y reproductivos de las personas, a la igualdad de género y a la necesidad de que el estado garantice la participación de las mujeres en todos los escenarios, en igualdad de condiciones que los hombres. Estos derechos junto a los que protegen el medio ambiente, son considerados de última generación.

Artículo 30 viola derechos. Con la aprobación del artículo 30 tal y como está, los programas de planificación familiar podrían verse afectados también debido a que algunos métodos anticonceptivos podrían prestarse a interpretaciones y ser considerados ilegales.

Aseguran que en ese sentido, el artículo 30 es incongruente con el mismo principio que postula, en aquellos casos de estado grávido de alto riesgo incompatible con la vida misma. Debido a que condena a muerte a esa misma mujer que pretende salvar.

“Desde otro ángulo el análisis del texto de este articulo nos lleva a consideraciones relativas a las violaciones de otros derechos, entre ellos, los que todas las personas tienen a estar libres de la interpretación restrictiva de textos religiosos, creencias, filosofías y costumbres qué limiten su libertad de pensamiento en cuanto a la atención de su salud sexual y reproductiva. También el referido al hecho de que todas las mujeres tienen derecho al acceso a información, educación y servicios adecuados para la protección de su salud reproductiva y su maternidad segura”.

En este mismo orden –agrega el documento dado a conocer por los médicos- toda la población en edad reproductiva, tiene derecho también, al acceso métodos anticonceptivos seguros, efectivos y aceptables para la regulación de su fertilidad, así como a la libertad de elegir usarlos para evitar embarazos no planificados que suelen conducir, en la mayoría de la veces, a abortos realizados en condiciones de alto riesgo para la salud de la mujer y que pueden, en casos extremos, llevar incluso a su muerte.

“Este articulo constitucional viola, además, derechos humanos consagrados en acuerdos, convenios y tratados internacionales aceptados universalmente y es incongruente con el contexto jurídico de la reforma, en la parte correspondiente a las Relaciones Internacionales y el Derecho Internacional que consigna que “Las normas vigentes de convenios internacionales regularmente ratificados regirán en el ámbito interno una vez que se hayan publicado oficialmente.”

Propuestas a los y las legisladores y legisladoras. La Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología (SDOG) conjuntamente con la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (FLASOG) y la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), proponen a los congresistas tres opciones de la cual podrán elegir una para integrarla al nuevo texto constitucional:

1. Que se mantenga el texto tal como está aprobado en la Constitución vigente, proclamada el 25 de julio del 2002 en la Sección I, artículo 8-1.

2. O que se elimine en la propuesta de modificación de la Constitución la frase “desde el momento de la concepción”.

3. O que se redacte agregándole las palabras “en general” de manera tal que quede implícito que es una afirmación valida para la mayoría de las circunstancias, pero que existen “en particular” algunas otras en que habrá que decidir entre la vida de un embrión o feto y la vida de una mujer.

De manera que la redacción final dirá “El derecho a la vida es inviolable, en general, desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.

El documento está firmado por el presidente de la Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología (SDOG), doctor, Milcíades Albert Fiorinelli; por el doctor Alejandro Paradas Caba, actual secretario general de la Federación Latinoamericana de Obstetricia y Ginecología y pasado presidente de la SDOG; por el director General Materno Infantil y Adolescentes de la SESPAS y pasado presidente de la SDOG, doctor Héctor Eusebio y el sud director General Materno Infantil y Adolescentes de la SESPAS, doctor José De Lancer Despradel.

También los doctores Donatilo Santos Rosario, Coordinador Nacional de la Salud de la Mujer de la SESPAS y el doctor José Mordan, Coordinador Nacional de Planificación Familiar de la SESPAS.

Firman el documento los pasados presidentes de la Sociedad Dominicana de Ginecología y Obstetricia, doctores, Aldrian Almonte; Angel Terrero, quien además representa fue presidente de la Federación Latino-Americana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología, Bernardo Fernández Diloné; Francisco Alvarez Sánchez; Milton Cordero, José Figueroa Méndez, Bélgica Beato, Olga Lluberes, Luís Rojas Grullón y Eduvirgilio Santana.


Lo rubrican, además, los miembros de la SDOG, doctores Francisco Hidalgo Abud y Cristian Francisco y las licenciadas Magaly Caram de Álvarez y Gianna Sangiovanni en representación de Profamilia y de la Iniciativa FIGO Prevención Aborto Inseguro.

Aborto, Iglesia y Estado

Oscar Medina

lunes 13 de abril 2009, Listín Diario


Que la Iglesia Católica esté opuesta a todo tipo de aborto, es lo natural; y lo que se espera de dicha institución milenaria, que está llamada a promover los valores éticos y fundamentos morales que deben regir la vida de los seres humanos. Y no supuesta a acomodar sus criterios a los diferentes cambios culturales y conductuales que experimente la raza humana a través de los años, las décadas y los siglos, en las diferentes regiones del planeta.

De ahí que las prédicas, los sermones y las cartas pastorales, y las presiones que ejerce la Iglesia Dominicana sobre el tema del aborto con el fin de hacer valer sus posiciones, son entendibles, siempre y cuando se vean desde la óptica de los dictados del Vaticano, los principios promovidos por la curia y la formación dogmática que reciben los sacerdotes.

Ahora bien, lo no que se concibe, lo que no es excusable y lo que no se justifica, es que desde el Estado se sustenten esos principios morales, y pretendan hasta constitucionalizarse, y se haga privilegiándolo sobre realidades y problemáticas socio-económicas y culturales del país. Constituye uno de los actos de mayor irresponsabilidad y confusión de roles que se pueda recordar, que el Estado pretenda declarar como uno de sus principios la defensa a la vida “desde la concepción”.

Es una declaración de incompetencia que desatiende, en el diseño de políticas de salud, problemas tan acuciantes como el sexo temprano y las violaciones incestuosas originadas en gran medida por el hacinamiento y la perversidad humana. Pero, además, se trata del mismo Estado, para colmo el mismo Presidente que se comprometió con los Objetivos del Milenio de la ONU que, entre otras cosas. exige la reducción de la mortalidad materno-infantil a niveles inalcanzables si el Estado no se compromete con políticas que vayan en esa dirección.

El Vaticano, la Conferencia del Episcopado y los Arzobispados pueden estar en contra de todo tipo de aborto y del uso de todo tipo de métodos anticonceptivos. Y está, hasta bien, ese es su rol en la sociedad. Pero lo que no está bien es que desde el Gobierno se asuman esos mismos discursos y políticas, o en el mejor de los casos, se apele al silencio cómplice y la negligencia irresponsable. Ese no es el rol del Estado, como no es su responsabilidad privilegiar buenas relaciones con los poderes fácticos, si en el camino se sacrifica la salud del pueblo, y sobre todo de las mujeres dominicanas.

http://www.listin.com.do/app/article.aspx?id=97543

Miguel Guerrero por el derecho a decidir


La columna de Miguel Guerrero

15 DE ABR 2009, Periódico El Caribe

El tema del aborto es demasiado complejo para dejarlo sólo en manos de las iglesias.

La desproporcionada reacción de las autoridades católicas lo pone de manifiesto.

Asumir la discusión desde la perspectiva radical mostrada en estos días por los abanderados del anti-aborto es una intimidación para reducir el debate a posiciones extremas e irracionales.

Nadie en el Congreso, ni entre los grupos defensores de cambios en la redacción del proyecto de Constitución en lo referente al tema, ha propuesto la despenalización o legalización del aborto.

De manera que el debate actual se fundamenta en una tergiversación.

Los grupos religiosos, especialmente la jerarquía católica, pretenden eliminar el derecho de las personas a decidir con plena libertad y conciencia, en aquellos casos en que la vida de la madre puede estar en juego.

Si a lo que se aspira es a garantizar el derecho a la vida desde el momento de la “concepción misma” dónde quedaría ese derecho cuando la criatura por nacer represente un peligro de muerte para la madre.

¿Es la iglesia la llamada a decidir en ese instante crucial? ¿Cuál debe ser la actitud del médico en una situación como esa? ¿Salvar al bebé o salvar a la madre? Estamos, pues ante un dilema demasiado grande para decidirlo sobre fundamentos estrictamente religiosos.

No podemos, en aras de la libertad y la salud mental de la nación, descartar de la discusión reservas de carácter médico-científico, éticas y morales que aparecen en algunas observaciones rechazadas con argumentos baladíes por los fundamentalistas del tema.

La máxima autoridad católica ha empleado vocablos poco pastorales para detractar a quienes sustentan una posición contraria a la suya, llamándolos “carniceros”: él que apoyó públicamente un proyecto de ley que autoriza el derribo de aviones y el hundimiento de barcos bajo la presunción de que cargan drogas.

Miguel Guerrero es escritor y periodista

mguerrero@mgpr.com.do

http://www.elcaribecdn.com/index.php?option=com_content&view=article&id=204971:la-columna-de-miguel-guerrero&catid=223:miguel-guerrero&Itemid=316