El Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer - CLADEM - ha rechazado el artículo 30 del proyecto de Reforma Constitucional.
Excelentísimo Señor Presidente de la República Dominicana
Dr. Leonel Fernández Reyna,
rociocarrasco@presidencia.gob.do
Excelentísimo Señor Presidente de la Asamblea Revisora,
Senador Reynaldo Pared Pérez
r.pared@senado.gov.do
Excelentísimo Señor Vice-Presidente de la Asamblea Revisora,
Diputado Julio César Valentín.
j.valentin@camaradediputados.gov.do
De nuestra mayor consideración:
Reciban los saludos cordiales del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos Humanos de la Mujer, CLADEM, articulación dedicada a la promoción y defensa de los derechos humanos de la mujer, que agrupa a organizaciones no gubernamentales en 15 países de la región.
Hemos tomado conocimiento que el pasado martes 21 de abril, bajo presiones y amenazas de la jerarquía católica y de la derecha fue aprobado en su país el artículo 30, el cual modifica la Constitución actual de la República Dominicana al instituir el derecho a la vida “desde la concepción hasta la muerte”.
Un artículo que tendrá consecuencias altamente negativas para las políticas públicas , la práctica de la medicina, el desarrollo científico y la vida de las mujeres, en especial las mujeres pobres de su país y que a la vez viola convenios internacionales firmados y ratificados por el Estado Dominicano, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana de Derechos Humanos y la Convención para la Eliminación de Todas Formas de Discriminación Contra la Mujer.
Nos unimos a la voces de hombres y mujeres que en la República Dominicana expresan su rechazo al artículo 30 hacemos nuestras sus preocupaciones por el sesgo conservador y la derechización del debate del proyecto de Carta Magna y junto a ellas/os, les solicitamos que en la segunda lectura, cuando el articulo 30 debe ser discutido y sometido de nuevo a aprobación, se rechace la redacción propuesta y que, tal y como demanda la sociedad dominicana, se mantenga la redacción de la actual Constitución.
El artículo 30 limita la ciudadanía de las mujeres, desapropiándolas de su autonomía y negándoles el derecho a la salud y a la vida y es por ello que les reiteramos el carácter universal de los Derechos Civiles y Políticos, así como los Sociales, Económicos y Culturales, según el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y que por lo tanto, no se pueden establecer limitaciones discriminatorias, que de alguna manera signifiquen el menoscabo de su goce y ejercicio.
Atentamente,
Norma Enríquez
CLADEM - Coordinación Regional
Mónica De las Casas
CLADEM - Oficina Regional
CLADEM Argentina
CLADEM Bolivia
CLADEM Brasil
CLADEM Chile
CLADEM Colombia
CLADEM Ecuador
CLADEM El Salvador
Instituto de Estudios de la Mujer " Norma Virginia Guirola de Herrera", CEMUJER de El Salvador
CLADEM Honduras
Centro de Derechos de Mujeres – Tegucigalpa, Honduras
CLADEM México
CLADEM Panamá
CLADEM Paraguay
CLADEM Perú
Asociación Humanidad Libre – Arequipa, Perú
Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer – DEMUS, Perú
CLADEM Puerto Rico
CLADEM Rep. Dominicana
CLADEM Uruguay
martes, 5 de mayo de 2009
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